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Ley de donaciones.

3 Comentarios
 
08/12/2006 00:21
Buenas noches,

katilina,

la donación será valida en vida; en el momento del fallecimiento los herederos forzosos podrian relizar acciones para declarar nula la donación en la parte que esta se proyecte sobre su legítima, (1/3). Siempre y cuando no exista causa de indignidad en ellos.

Si quieres redactar los documentos, mandame un correo a info@jurisconsultores.es .

Un saludo.
07/12/2006 08:08
Perdonen que entre en este asunto, pero yo iba a hacer una consulta parecida.
Yo estoy separado y a la espera de separación de bienes. Estoy enfermo y no tengo mucho tiempo. Ocurre que por circunstancias yo no quiero dejar herencia a mis hijos y donar todo lo que me quede a mi madre ( es la que se ha preocupado y cuidado ). ¿ Podria hacer una donación se mis vienes a ella ? . Eso lo haria en vida . Digamos que poner a su nombre todo lo que tengo como donación, por los cuidados que ella me ha dado. ¿ Se podria hacer ?
Gracias y perdón por esta intromisión.
06/12/2006 20:47
La ley establece que la donación debe establecerse en escritura pública.

Salu2
Ley de donaciones.
06/12/2006 12:07
Buenos días a todos.

Dentro de poco es posible que mi familia me ayude económicamente para comprar un piso. Me gustaría saber cual es el cauce que debo de seguir para que la donación se realice de una forma legal.

Saludos.