Tengo algunas dudas respecto a las modificaciones de la ley de discapacidad. La madre de mi cliente tiene alzheimer, él no quiere incapacitarla pero ella coge el coche y quiere evitar que lo vuelva a hacer. No estoy familiarizado con este tipo de asuntos, por lo que os agradecería mucho vuestra ayuda.
Eso es un expediente de curatela, que lo tienes en el Código Civil y detalladamente en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y que recae sobre determinadas facultades (sobre su restricción) que el juez fijará en cuanto a su alcance y medida, a petición de la parte.
Sí, por lo que había leído la curatela es lo más acertado. Realmente lo que quieren es evitar que conduzca... así que creo que remitiendo a la dgt el informe médico que acreditase que la mujer padece alzheimer, el carné se le retiraría, no obstante quieren establecer la curatela.
¿Podrías ayudarme respecto a la documentación que necesito para el expediente? Entiendo que copia del carné de conducir y el informe médico.
Dependiendo del grado de colaboración de la señora, has de ir a notaría y otorgar una escritura que actualmente se llama de "autocuratela", y que te vale exactamente igual que si fuese una sentencia judicial. No hace falta complicarse con acopio documental ni con demandas judiciales, y ventilas el asunto en una mañana, con el resultado esperado por los clientes.