Dependiendo del grado de colaboración de la señora, has de ir a notaría y otorgar una escritura que actualmente se llama de "autocuratela", y que te vale exactamente igual que si fuese una sentencia judicial. No hace falta complicarse con acopio documental ni con demandas judiciales, y ventilas el asunto en una mañana, con el resultado esperado por los clientes.
Sí, por lo que había leído la curatela es lo más acertado. Realmente lo que quieren es evitar que conduzca... así que creo que remitiendo a la dgt el informe médico que acreditase que la mujer padece alzheimer, el carné se le retiraría, no obstante quieren establecer la curatela.
¿Podrías ayudarme respecto a la documentación que necesito para el expediente? Entiendo que copia del carné de conducir y el informe médico.
Eso es un expediente de curatela, que lo tienes en el Código Civil y detalladamente en la Ley de Jurisdicción Voluntaria, y que recae sobre determinadas facultades (sobre su restricción) que el juez fijará en cuanto a su alcance y medida, a petición de la parte.
Tengo algunas dudas respecto a las modificaciones de la ley de discapacidad. La madre de mi cliente tiene alzheimer, él no quiere incapacitarla pero ella coge el coche y quiere evitar que lo vuelva a hacer. No estoy familiarizado con este tipo de asuntos, por lo que os agradecería mucho vuestra ayuda.