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Lexnet

5 Comentarios
 
Lexnet
26/02/2016 14:03
Buenos días:

Soy nuevo en el ejercicio, por lo que estimo que me veréis mucho por aquí, espero poder aportaros algo aunque sea con el tiempo.

Mi primer duda es la siguiente: Recientemente me ha llegado un oficio para interponer un recurso de reforma o subsidiario de apelación en relación a unas diligencias previas.


Quisiera saber dos cuestiones:

Primera: ¿Tengo que presentarlo de forma presencial o por medio de lexnet?

Segunda: La personación ¿cómo he de hacerla presencial o por lexnet?.


Espero vuestras respuestas agradecido de antemano.
26/02/2016 17:04
Respuestas.
Primera:puedes hacerlo a través del decanto o por lexnet, así es como se hace en Andalucía, en otras comunidades no se , pero te recomiendo a través del decanato, el lexnet esta dando problemas para la presentación de escritos.

Segunda. La personacion se hace presentando un escrito a través de tu procurador o en la asistencia prestada en el juzgado de guardia, si anteriormente había otro letrado necesitas que te de la venia, aportandola junto a tu escrito de personacion.
26/02/2016 23:13
Hola, en mi plaza, Castilla y León se hace por Lexnet, no al decanto - a este solo los escritos iniciadores- , sino al juzgado de instrucción q instruye las previas.
En cuanto a la personacion ¿es de oficio o particular?
Un saludo,
28/02/2016 19:30
Buenas tardes:

Ante todo gracias por las respuestas.

Katia, la personación es de oficio.

Es decir supongo que primero tengo que hacer la personación para poder interponer el recurso en cuestión y posteriormente poder solicitar el expediente para poderlo ver y a partir de ahí poder interponer el recurso.

Saludos.
29/02/2016 22:16
Si es de oficio, no necesitas personarte, adjunta al recurso copia de la designación.
Un saludo,
01/03/2016 12:23
Muchas gracias, Katia