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Legitimación activa incapaz

6 Comentarios
 
10/02/2014 10:23
En la práctica no he conocido supuesto similar; no obstante y visto que es posible, será el Ministerio Fiscal el que deba actuar en defensa del presunto incapaz-demandante. Artículo 758. Personación del demandado: El presunto incapaz o la persona cuya declaración de prodigalidad se solicite pueden comparecer en el proceso con su propia defensa y representación. Si no lo hicieren, serán defendidos por el Ministerio Fiscal, siempre que no haya sido éste el promotor del procedimiento.
08/02/2014 09:16
Cierto ABQ, es un tanto extraño...

A ver si alguien se ha encontrado en el supuesto y nos resuelve la duda de las posiciones procesales.

Gracias de nuevo.
perfil ABQ
08/02/2014 01:04
Pues vaya, estaba en un error, nunca se me había planteado el caso y me parecía ilógico. Nunca se termina de aprender.
07/02/2014 21:55
Que el presunto incapaz puede plantear la demanda no me plantea dudas, lo establece la propia LEC:

Artículo 757 Legitimación en los procesos de incapacitación y de declaración de prodigalidad
1. La declaración de incapacidad puede promoverla el presunto incapaz, el cónyuge o quien se encuentre en una situación de hecho asimilable, los descendientes, los ascendientes, o los hermanos del presunto incapaz.
perfil ABQ
07/02/2014 20:34
Efectivamente, es incongruente demandarse a sí mismo. Sobre todo porque si es incapaz ¿cómo va a sostener su capacidad de obrar para demandar? En ese procedimiento el supuesto incapaz ha de ser el demandado, sí o sí.
06/02/2014 19:01
Me parece que no es posible. No obstante si el presunto incapaz quiere que se le declare como tal, que presente (o un familiar suyo) una solicitud o escrito en Fiscalía, junto con los documentos médicos correspondientes.
Legitimación activa incapaz
06/02/2014 15:43
Hola!

Tenemos un procedimiento de incapacitación en el cual quien va a interponer la demanda es el propio incapaz, asistido por letrado y procurador...

¿Cómo funcionan las posturas procesales en este caso? ¿El presunto incapaz es demandante y a la vez demandado? ¿O como parte demandada tan sólo actúa el Ministerio Fiscal?

Gracias y un saludo!