Pero si no pagas in pecunia el total del quantum legitimario, el heredero forzoso instará acción de suplemento de legítima y anotación preventiva de su derecho sobre la vivienda heredada, de manera que si no se completa el pago voluntario se obtendrá la satisfacción del crédito legitimario vía ejecución forzosa sobre el bien a expensas del heredero deudor.
Puedes pagarlo como quieras, siempre de acuerdo con quién tiene que cobrar.
Aunque la Ley exija pagar todo de golpe (que no lo hace), si no se puede no se puede.
Quien tiene que cobrar o cobra poco a poco (en tu caso) o reclama judicialmente con los consiguiente perjuicios y gastos.
Su contestacion no la comprendo Agripa lo referente a cataluyna lo he puesto por si la ley es diferente nosotros , no entramos en politica somos mayores y de un sitio de españa pequeño en fin igual me he esplicado mal no hera mi intencion solo es si alguien me la puede aclarar muchas gracias
Mi marido esta sin trabajo solo cobra una ayuda de 426 euros: y tenemos que darle la lagitima de una herencia a su hermana; ya que nosotros heredamos el piso de sus padres .Mi pregunta es... Se puede pagar un tanto cada mes o la ley te puede obligar a pagarlo todo de golpe .somos de cataluyna