Te explico, mi cliente tiene dos abuelos, como es lógico, casados en régimen de gananciales. Muere la abuela sin hacer testamento, después muere el padre de mi cliente (hijo del primero), al cabo de unos años muere el abuelo que si ha hecho testamento en el que nombra heredera a una hija y manifiesta que a mi cliente le pertenece la legítima correspondiente.
Mientras estamos negociando también muere la hija, pero el abogado de ésta no dice nada y se presenta la demanda contra la tía ya fallecida. La tía fallecida estaba casada y tenía dos hijos, no deja testamento. Los hijos y el esposo sin declaración de herederos ni aceptación de herencia en relación a la madre y esposa, comparecen en el procedimiento.
¿Te he aclarado la situación? Uhhh….¡¡¡¡ me parece que está complicada la cosa.
Contestan los herederos de la tia que era a la que se demandaba (aunque todavía no hay declaracion de herederos). Contestan diciendo que no es el procedimiento adecuado (exccepción procesal) y que los bienes son de naturaleza ganancial y que no se había realizado en su día a liquidar la sociedad de gananciales ni a la división judicial de la herencia, que se han abonado diferenctes impuestos y tasas, así como gastos de sepelio.
Puff...
Quien contesta a la demanda, la tia o los sobrinos? Solo aducen defecto procesal, o se meten en el ajo? - por si puedes, o te interesa seguir -
En el testamento si se hacía referencia al nieto, así que entiendo que no puedo pedir la nulidad del testamento.
Lo que ocurre es que estuve en negociaciones con el letrado contrario y me dio a entender verbalmente que ya se había aceptado la herencia por la tía y que se había hecho la partición así que pedí la legítima.
Al contestar a la demanda el mismo letrado me manifiesta que no ha habido aceptación de herencia por parte de la tía de mi cliente antes de morir y que no es el procedimiento adecuado el que se ha instado (reclamación de legitima) por lo que me temo que me tendré que comer las costas.
De todas formas la demanda era para provocar llegar a un acuerdo ya que solo me daban largas.
Si no consigo llegar a un acuerdo ¿Conoces alguna forma de salvar el tema de las costas?
Tampoco se me comunicó que había fallecido la demandada, pese a que estábamos negociando. Simplemente tuve silencio por respuesta a mis requerimientos, pero esto no lo puedo probar.
Yo te voy a liar mas todavia, pero a ver si dando un poco de vidilla al hilo te aclaramos la situacion entre todos.
El testamento: el testamento ante Notario contiene una formulita que dice "sin haber tenido otros hijos premuertos que hubieren dejado a su vez descendencia", no? Pues si tenia nietos y lo sabia, este testamento es nulo. Si no sabia que habia tenido un hijo (premuerto), aclaranoslo, please.
Yo habria pedido la nulidad del testamento, y a partir de esta, ir por via del abintestato, y bien hacer la particion en el Notario por las buenas, o en el Juzgado por las malas, pero particion y aceptacion judicial en este caso, no peticion de legitima.
Desde luego que siendo todos nietos son todos legitimarios. A falta de testamento (nulo) tendran que repartir lo que haya por partes iguales. Has intentado llegar a un acuerdo con los otros nietos para firmar en el Notario, repartir y pedir archivo del tema judicial?
Una vez cocinado el pastel, si los otros nietos se niegan a firmar, yo creo que te interesa aceptar la legitimacion pasiva de estos, mas que nada para llegar a una solucion, aunque sea por un camino mas tortuoso.
Hola tengo una consulta sobre una reclamación de legítima en derecho común, es un tema que no domino por lo que me bloqueo y no soy capaz de ver las cosas con claridad por lo que agradecería que alguien experto en el tema me clarificara algunas cosas, porque cuanta más información tengo más lio me hago.
La cuestión es la siguiente, el causante fallece dejando testamento y declarando heredero a una hija y dejándole también el tercio de mejora.
Por otro lado existe un nieto del causante, descendiente de otro hijo que murió con anterioridad al causante.
¿Se puede reclamar directamente la legítima con un procedimiento ordinario o tengo que ir previamente a la división de herencia?.
Por otro lado también se me plantea la siguiente duda:
Se presenta demanda contra la tía reclamando la legítima, sin ir previamente a la división de herencia, pero una vez presentada la demanda se comunica que ella también ha fallecido.
Se solicita que el procedimiento siga contra la herencia yacente y/o ignorados herederos de la tía.
La tía falleció sin aceptar la herencia de su padre.
¿Tienen derecho los hijos de ésta a aceptar la herencia del abuelo en nombre de su madre?.
Por otro lado, han comparecido en el procedimiento pero a fecha de hoy no existe declaración de herederos a su favor.
¿Puede alegarse falta de legitimación pasivo de éstos dentro del procedimiento?.
Agradezco de antemano cualquier ayuda que me podáis brindar.