Buenas tardes , de antemano les doy las gracias por su trabajo. Mi pregunta es; cuando en un testamento (mediando albacea), hay 5 hijos como unicos herederos, a dos especificamente se les deja la legítima (sin especificar mejora ni estricta) , y a los otros 3 se les nombra herederos universales. ¿ Cual es la parte que les corresponde a los 2 hijos beneficiarios de la legítima? Yo entiendo que la quinta parte de los 2 tercios del total, ya que no se especifica en el testamenro nada de mejora ni estricta sino solo "mejora". Muchas gracias de antemano, un saludo.
Al heredero universal le corresponden todos los derechos y obligaciones que tenía el difunto en el momento de su muerte, y ha de respetar la legítima estricta a los herederos forzosos. Contablemente, como quiera que los herederos universales son también forzosos (y por tanto se les adjudica la mejora), la distribución queda como sigue:
2/3 del total (mejora y libre disposición) a dividir entre los 3 herederos universales.
1/3 del total (legítima estricta) a dividir entre los 5 herederos forzosos.
Por lo tanto, a usted y al otro heredero les corresponde, del TOTAL de la herencia, un 6,6% a cada uno.
Hola muchas gracias Carlos Santos, entiendo por tanto , que si en el testamento pone solo "legítima", ¿esta se refiere a legítima estricta , y no a la legítima estricta mas mejora ( aunque la legítima sea la suma de las dos)?. Pensé que si no existe específicamente legítima de mejora e, esta se incluiría en la legítima , que es la única que se nombra. Muchas gracias un saludo.
Hola Huerta,
En este caso hay la "legítima corta" puesto que la voluntad del difunto (que hay que respetar por encima de todo) no hace distinción entre partes, sino que dice que todas pertenecen a los 3 hermanos mencionados, al tener la condición de herederos "universales". Esto significa que, si no llegan a ser herederos forzosos, no podrían ser mejorados y ustedes 2 tendrían acceso a la "legítima larga" (tercio legítimo mejora) pero como no es el caso, sino que aquellos comparten la cualidad de herederos testamentarios y forzosos, ustedes se quedan en la corta y a los herederos universales les corresponde mejora y libre disposición. Además de su parte en el de legítima, claro está.