Este terreno tiene su escritura y está inscrito en el Registro de la propiedad, la escritura es de hace unos 50 años...
El caso es que mi abuelo construyó en ese terreno una pequeña vivienda que no consta en la escritura.
Mi pregunta es: ¿Cúando mi madre acepte la herencia, puede "legalizar" esa vivienda, de tal modo que conste en la escritura de ese terreno? ¿debe hacerlo?
El propietario de un terreno tiene el derecho a declarar la obra nueva, es decir, las construcciones que haya sobre el mismo. Han de informarse ustedes con el Ayuntamiento si se puede legalizar la obra, si se precisa de un proyecto o les otorgan la licencia y, sobre todo, qué requisitos habrá para que la propietaria pueda otorgar en la notaría unas escrituras de obra nueva.