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Legalización casa

9 Comentarios
 
Legalización casa
04/08/2010 17:12
Construí una casa en una urbanización con terreno urbano de tipo a. Cuando la estaba construyendo, en febrero de 2006 el ayuntamiento me mandó un escrito diciéndome que me paraba la obra, pero no he tenido más contactos con ellos. Que debo de hacer para legalizarla?
04/08/2010 17:29
¿ La paraste ?
04/08/2010 21:48
Desde que vino la policia hasta que recibí la notificación la casa ya estaba hecha
05/08/2010 08:53
Creo que tendrás que seguir esperando o si quieres legalizarla, contratar un arquitecto, te redacte un proyecto según ha quedado la casa y lo vise en su colegio profesional, presentarlo en el ayuntamiento, solicitar licencia, pagar el ICIO, las tasas y al arquitecto.

O sea, para legalizar deberás hacer lo mismo que debiste hacer antes de empezar.

Y reza que todo lo construido se ajuste al planeamiento de esa urbanización.
06/08/2010 17:23
Tendré que seguir esperando? esperando qué?
quieres decir entonces que tengo que seguir los mismos pasos que si fuera una obra nueva?
no tengo que pagar ninguna sanción?
ten en cuenta que la urbanización no está legalizada, es terreno urbano de tipo a
06/08/2010 21:26
Lo que te pueda venir Agonbar, lo que te pueda venir.

Es evidente que para legalizar deberás proceder de ese modo, con una salvedad, si el suelo no está urbanizado ni siguiendo los pasos indicados podrá legalizarse.

¿ Sanción ?, claro, esa es una de las sorpresas que podrían llegarte.

Por cierto, ¿ que quieres decir con que es suelo urbano de tipo A ? supongo que será una definición del planeamiento, pero no tengo ni idea de su significado.
12/08/2010 13:15
Yo entiendo que han pasado mas de cuatro años y que por lo tanto la sanción, que podría venir, ha prescrito. Es asi?
se llama terreno uirbano de tipo "a" al suelo que es urbano a todos los efectos, pero que no se puede construir. Se podrá construir cuando se legalice la urbanización
12/08/2010 13:49
Que pueda haber prescrito, no implica necesariamente que se pueda legalizar. En este caso concreto mientras no se urbanice y cuentes con los servicios adecuados de electricidad, telecomunicaciones, alcantarillado, iluminación pública, calles, aceras, etcétera, y no se proceda a la clasificación de tu terreno como solar (clasificar con anterioridad a la correcta urbanización puede traer consecuencias en el consistorio), no puedes legalizar.
13/08/2010 14:42
Lo prescrito no se legaliza pero impide que te lo puedan demoler y sancionar, pero no podrás realizar más obras de ningún tipo, quedaría en una situación que se llama fuera de ordenación. Dentro de lo malo por lo menos no te la tiran abajo.
16/08/2010 16:22
O mucho me equivoco o esa clasificación de suelo se corresponde a suelo urbano no consolidado, y en esa clase de suelo está prohibido construir mientras el planeamiento del sector no esté definitívamente aprobado.

Por lo tanto, si se la podrán tirar abajo o no dependerá de su compatibilidad con las determinaciones del planeamiento. Si lo es deberá proceder a su legalización y en lo que no lo sea deberá derruirse sin derecho a indemnización en razón, precisamente, a la carencia de licencia.