Buenas tardes, a mí hijo de 16 años le han dejado un legado que consiste en una parte de un piso, he leído que al tener ya 16 años no necesitamos autorización judicial para vender, entoces llegado el momento firmaria el el contrato de compraventa asi sin más?muchas gracias.
En relación a su consulta, la respuesta es Si, pues a tenor de la ley española, Código Civil (Art. 166 último párrafo) recoge que no será necesaria la autorización judicial si el menor es mayor de 16 años y consintiere en documento público. Es decir, resumiendo, que pueden ir a un notario a firmar la escritura si todo está correcto, aunque, sería muy conveniente hablarlo con la notaría antes para confirmar dicha capacidad de firma de escritura.
Otra cosa, es la apreciación que indica en su consulta de que se le han dejado una parte de un piso, pues sería conveniente confirmar que la parte dejada en Legado no está compartida con otros propietarios, pues en ese caso, tendría alguna implicación legal más para poder vender el piso que sería necesario analizar.