Hola a todos. Tengo una duda.
Es sobre un testamento con un herederos y un legado. El legado está constituido sobre el mobiliario de la casa (ojo, el testamento dice el mobiliario y NO los muebles ni los bienes muebles). El resto de los bienes son del heredero.
¿Qué hay que considerar mobiliario? el heredero no discute sobre las sillas, mesas, sofás, butacas y cosas "grandes". Ahora bien. ¿Qué ocurre con los cuadros, láminas, placas decorativas que cuelgan de las paredes? ¿Y objetos decorativos que están sobre las mesas? tipo ceniceros de plata, candelabros etc... ¿Dónde acaban el mobiliario y empeiza el ajuar?
Otra cosa. Entiendo que los electrodomésticos del tipo nevera, lavadora o tv no son mobiliario.
Gracias.