La renuncia a la legitima en vida del causante es nula.
4.3.- La Renuncia a la Legítima
Renuncia en vida del causante: Toda renuncia o transacción sobre la legítima futura entre el que la debe y sus herederos forzosos es nula, y éstos podrán reclamarla cuando muera aquél; pero deberán traer a colación lo que hubiesen recibido por la renuncia o transacción.
Tu tía puede reclamar su parte de la legítima a lo que habrá que descontarle lo que hubiera percibido en vida de tu abuelo.
hola
Tengo un lío con una herencia familiar.
Mi abuelo hizo un testamento en el que dejaba de heredera universal a mi madre. Mi tía, única hermana, firmó renunciando a la legítima por lo que había recibido en vida y por una casa de cuatro que el abuelo iba a recibir por la permuta de unos terrenos. El testamento identifica la permuta, la constructora y la escritura que rige el cambio.
El negocio salió mal y mi abuelo renunció a las casas por un aval bancario y por unas tierras.
El testamento no se ha modificado. Dado que la casa no existe, ¿qué le queda a mi tía? ¿tiene derecho a una parte del dinero que recibió mi madre?¿tiene igual validez el testamento?
gracias!!