He sido instituido legatario de mi estricta legítima en el testamento de mi padre, facultando a los herederos (mi hermana) a pagarme en metálico esa legítima. Mi madre ha sido instituida usufructuaria de todos los bienes, incluyendo la salvedad de que el heredero que exija su legítima sin respetar dicho usufructo perderá su parte de mejora y libre disposición. Como yo sólo he sido instituido legatario de mi legítima, ¿puedo exigirla ya?, ¿cuál es la vía adecuada para hacerlo?
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