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Legado al nieto y herederos universales los bisnietos

6 Comentarios
 
Legado al nieto y herederos universales los bisnietos
13/06/2012 02:18
Buenas compañer@as:

Por fin me he encontrado con una herencia que se sale de lo normal (de las que hago habitualmente).

La cuestión es que un señor, que sólo tenía una hija que le premurió, y con un sólo nieto y dos bisnietos deja el siguiente testamento:
1) "Lega" a su único nieto la legítima estricta.
2) A los hijos de éste, sus bisnietos, los nombra herederos universales y les deja la única casa que tenía, debiendo pagar a su padre en metálico y dejando como administradora de sus bienes a la madre de los niños (no perdonó al nieto el divorciarse, chapado a la antigua, vamos)
3) Lega a un sobrino el poco dinero del banco y algún objeto (que no creo que supere ni por asomo el 1/3 de libre disposición).

La cuestión que me planteo es cuánto le corresponde al nieto: 1/3 ó 2/3 al ser el heredero forzoso en sustitución de su madre. Sé que cabe disponer del tercio de mejora para favorecer a otros descendientes, pero por más que lo estudio no me quedo convencido.
¿Cabe que al heredero forzoso se le "lege" y a los que no lo son se les nombre herederos universales?
¿Se puede disponer que la exmujer de su nieto y madre de sus bisnietos nombrarla administradora de los bienes dejado o es una extralimitación del testador?
Por último, para calcular la legítima ¿habrá que tener en cuenta la casa y el dinero (y los objetos) y de ahí extraer el tercio o los dos tercios de la legítima estricta?
En base a lo anterior ¿cabría la impugnación del testamento?
13/06/2012 11:07
1.- Sí, se puede dejar al nieto la legítima estricta y la mejora a los bisnietos. Si buscas en este mismo foro, un poco antes, un hilo llamado "Testamento", con 7 u 8 respuestas, verás los fundamentos jurídicos. Aunque claro, no puede ser legatario, ha de ser legitimario. Pero eso es un problema de redacción del testamento, que se debe interpretar según lo que quería decir el hombre, y no sobre lo que dice técnicamente.

2.- Entiendo que sólo mientras sean menores.

Yo no veo impugnación, auqnue siempre se podría intentar, digo yo.

Salvo mejor opinión, claro. Y ojo, que abogado no soy...
13/06/2012 12:20
Gracias LSD2

Entiendo y comparto el fondo del asunto pero las formas, es decir, convertir al legitimario (el nieto) en legatario, y a los bisnietos en herederos universales... no sé, me escama, aunque como bien dices puede ser un simple problema de redacción.

Por otra parte, el testador es libre de dejar un bien concreto a sus bisnietos pero me parece un exceso que ponga limitaciones a la gestión del bien dejado al padre de los críos, que aunque no tiene, por el momento, la custodia compartida, sí tiene la patria potestad sobre los mismos. Es decir, al nieto no le importa que parte de la casa vaya a sus hijos (al fin y al cabo antes o después irá a los mismos) sino que su ex-mujer tenga pleno control y dominio de la gestión de la vivienda. Aquí radica el problema. Él pretende que como la patria potestad es compartida, y además parte de la casa también sería suya, la gestión y administración de la misma sea compartida siempre en favor de los menores. Desde mi punto de vista el testador se ha extralimitado en su voluntad metiéndose donde no le compete.

En suma, si con el error formal de denominar al legitimario, legatario, más la extralimitación de la voluntad testora, estoy estudiando la posibilidad de impugnarlo.

En cualquier caso, muchas gracias.
13/06/2012 13:34
Tú representas al padre de los críos, ¿no? Y ese señor es el llamado "legatario" erróneamente en el testamento, ¿no?. Y la exmujer de tu cliente es a la que se la pone como administradora de los bienes de los bisnietos (vaya señor más puñetero, jejej).


Tomando esas premisas tenemos que el causante no se ha metido en briegas, aparte del error de redacción. Poner a la madre como administradora provisional de los bienes de sus hijos hasta la mayoría de edad, es legítimo, o yo así lo veo. Hasta aquí bien.

Luego está el tema de que los bienes dejados a los bisnietos estén en proindiviso. Eso es un tema aparte, que no tiene nada que ver con la herencia. Y se regirá por las normas de proindiviso en derecho civil.

Otro tema es la patria potestad compartida. Que se regirá por temas de familia, a mi entender. No puedes mezclar las 3 cosas. Los bisnietos reciben una herencia con el la salvedad de que al ser menores de edad el causante decide quién ha de administrarlos hasta su mayoría de edad. Digamos que salvo las diferencias de bulto, es algo así como una fiducia. El padre podrá ejercer la patria potestad en todos los ambientes de la vida de los niños, salvo en esos bienes porque están condicionados a la administración de la persona decidida por el causante.

Para impugnar, yo lo veo más factible por el tema de que se denomine legatario al legítimo heredero, aduciendo que él debe de tener su legado, más su legítima por derecho. Sería así legitimario y legatario.

Otra posible vía es como tú dices la extralimitación, pero no por ahí, si no porque la legítima se ha de dejar libre de cargas (aunque no veo yo dónde está la carga al nombrar un administrador), consiguiendo así que se libere de esa carga y al quedarse sin ella, deban de ser los tutores, en virtud de su patria potestad compartida, los que la administren (lo más que podrías conseguir es que ya no sea la señora la admin. única, si no que sean los 2 padres...)...

Pero con todo, lo veo difícil que lo admitan... y de admitir, en todo caso, podría recibir además de su legado, el tercio de legítima... pero como te digo, no lo veo claro.

Eso sí, como dije antes, salvo mejor opinión. Yo NO soy abogado, me quedo en triste estudiante, así que de práctica jurídica poco poco....
13/06/2012 22:34
Pues eres un estudiante espabilado y yo un triste abogado que tiene que retomar los Diez Picazo de nuevo y refrescar el asunto.

La verdad es que el viejete se la ha jugado bien (¡vamos que divorciarse, en estos tiempos!). Pero le ha dado donde más le duele y es en dar esas competencias a la ex, mientras que el paga la mitad de la hipoteca donde vive su ex mujer con los niños y el novio, paga la pensión de alimentos y hasta hace poco una pensión compensatoria a la ex.

NO obstante me sigue sin cuadrar y para un mejor análisis adjunto la disposición testamentaria:
1.- LEGA a su nieto don Pepito la LEGÍTIMA ESTRICTA que con arreglo a la ley le corresponda.

2.- INSTITUYE HEREDEROS UNIVERSALES por mitad e iguales partes a sus bisnietos Don Juanito y Don Jorgito, hijos de su citado nieto, y les sustituye vulgarmente por sus respectivas estirpes , a falta de descendientes acrecerá entre ellos, y a su vez, a falta de ambos, les sustituye por su sobrino Don Jorgito.

Dispone el testador que en pago del haber, correspondiente a sus bisnietos, les sea satisfecho por adjudicación EN PLENA PROPIEDAD la casa sita en la localidad xxx y es deseo del testador que los citados bisnietos ostenten la facultad de pagar en metálico, la legitima estricta que le correspondiera a su nieto Don Pepito, si así lo entendiesen oportuno.
Es voluntad del testador los bienes y sus frutos que así adquiera sus bisnietos NO SEAN ADMINISTRADOS EN NINGÚN CASO por su nieto Don Pepito, y nombra, en este acto, administrador de esos bienes, incluidos sus frutos, hasta que sus referidos bisnietos, cumplan la mayoría de edad, a la madre de éstos doña Oportuna

3.- Lega a su sobrino, Don Jorgito, el cuadro x, los muebles xx, etc. y el dinero del que fuere titular en la cuenta número xxx del Banco xxx.

Las mayúsculas son mías a falta de poder subrayar.
14/06/2012 02:13
Carallo!!!!!!!

Te acabo dejar una respuesta de la leche, pero la maldita página no la ha registrado.

Es muy tarde para volvertela a redactar, pero mañana espero poder hacerlo.

Por lo pronto, y así a vuelapluma, decirte que a mi parecer estás jodiido. No veo por dónde meterle mano al tema, la impugnación está muy difícil porque el viejo lo dejó bien atado, no veo ilegalidad ninguna....

Pero comentaba algo relativo al hecho de que la madre viviese con otro maromo en casa de tu cliente. Es otro tema distinto, pero algo podrías rascar ahí. Hay una sentencia de la AP de Almería que ponía de patitas en la calle a la ex y al novio de ésta por vivir en casa del ex, aunque tuviese la custodia de los hijos... Lo mismo lo que no puedes sacar por un lado lo puedes sacar por el otro... :)

Y repito, salvo mejor opinión, que sigo siendo un triste aprendiz....
23/07/2023 10:23
Buenos días a todos! Me gustaría tener información de mi caso. En mi caso, yo soy hijo único y mi padre falleció en 2002 y mis abuelos paternos hicieron su testamento en 2004, dejando a mi un legado de dos tierras (no valen ni 2000€) y las hermanas de mi padre dos casas y las cuentas bancarias para ellas dos. Ellos han fallecido ya y he firmado dicho legado pero al ver lo que es e informarme de que puedo sacar por ella, me siento totalmente engañado. Yo siendo heredero forzoso no puedo hacer nada? Ella solo con las cuentas ya han percibido más del doble que yo.