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Las tasas "gallardonas" y los monitorios

2 Comentarios
 
Las tasas "gallardonas" y los monitorios
07/12/2012 22:57
Hola

No soy abogado pero tengo entendido que el “Gallardonazo” también afecta a los procesos monitorios y a razón de unos 100€ siempre que se quede en eso, en un monitorio. Si el pleito sigue por la vía ordinaria entonces hay que volver a pasar por taquilla y a un coste bastante más elevado.

Lo que ignoraba, me irrita y me indigna (me he enterado por algún mensaje en este foro) es que esas tasas “gallardonianas” no se pueden repercutir en la condena en costas y que las tienen que asumir la parte demandante, es decir, la Comunidad y esos vecinos que cívicamente pagan cada mes el mantenimiento y limpieza de las zonas comunes de las que también disfrutan los morosos.

¿Eso es cierto? ¿Es cierto que las tasas no se pueden sumar a la condena en costas?

Si desgraciadamente es así, este Decretazo, uno más, va a convertir a España en un paraíso de las mafias o de los sicarios, es decir de la “justicia privada”. Va a resultar más barato recurrir a las compañías de “recobros” que a la JUSTICIA. ¿O no?

Saludos.
perfil Vio
08/12/2012 12:51
Cierto.La tasa es un impuesto por el uso de un servicio, en este caso de la administración de justicia. La paga el que va a usar el servicio. Es como el peaje de una autopista, pagando a la entrada.
La partidocracia pasa a ser mafiocracia.
09/12/2012 12:47
La ley no dice nada al respecto.

Personalmente trataré de incluir la tasa en la tasación de costas al ser un gasto necesario para poder reclamar y en consec uencia tiene encaj en el 394 de la LEC. Veremos que dicen los Tribunales al respecto.


De todos modos, los monitorios cuya cuantía sea inferior a 2.000,00 € están exentos de pagar tasa y si hay que ir al ordinario, se deducirá la tasa pagada para iniciar el monitorio, en su caso.