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Las leyes de la herencia son muy complejas

7 Comentarios
 
Las leyes de la herencia son muy complejas
30/10/2016 16:07
Creo que la actual legislación lo hace todo muy lioso, para que asi no te aclares y no tengas mas remedio que ir a un abogado.

Si los legisladores fueran como deben ser, lo que harian es simplificar las leyes para hacerlo mas facil.

Menos opciones, menos excepciones,menos variacion entre regiones.

¿alguien más lo ve asi?
perfil Anónimo
30/10/2016 16:32
jemez44
Hombre....(o mujer....) jemez44: francamente, no creo que los legisladores hayan hecho todo lo relativo a las herencia muy 'lioso' para que no tengas más remedio que ir a un abogado. Me parece a mí que ese no es el motivo.

Mas bien creo que si la legislación sobre herencias es 'liosa' será porqe se trata de un tema complejo y que puede llegar a ser 'lioso'.

A veces no es fácil o posible dar soluciones simples a cuestiones complejas. Como se puede regular de manera sencilla una herencia en la que el causante tuvo varios hijos con varias mujeres, deja un legado a un amigo, deja deudas, otorga varios testamentos, concurren causas de desheredación y, encima, tenía problemas de alzeimer durante los últimos años de su vida? Hay manera de 'legislar' sobre todo eso de modo sencillo?

Pues... ese caso y otros de análoga complejidad, se dan día sí y día también.... y hay que 'legislarlos'....
30/10/2016 19:16
Anónimo
me refiero a lo del tercio de usufructo de la viuda. A eso me refiero. Al no especificar, pues ese tercio se extiende a todas las propiedades, digamos que ensucia todas las propiedades.
31/10/2016 12:05
jemez44
El Derecho Usufructo de la viuda, con un poco de buena voluntad se resuelve liquidándoselo con la adjudicación de una parte de la herencia, pero para proponer la solución es necesario conocer la composición de los bienes que constituyen en caudal hereditario total.
perfil Anónimo
31/10/2016 13:02
jemez44
De entrada, la cuota de usufructo viudal unicamente 'contamina' el tercio de libre disposición. Y, además, como bien ha indicado el anterior comentarista, ese derecho de usufructo se puede patrimonializar de tal forma que la viuda reciba EN PROPIEDAD el valor equivalente al usufructo que le corresponde.

Y el valor de la cuota viudal se calcula en función de la edad de la viuda: cuanto más joven, más valor tiene el usufructo.

Complicado, pero no tanto....
perfil Anónimo
31/10/2016 13:37
jemez44
Aunque no tiene mayor importancia a efectos de esta consulta, conviene concretar que la cuota viudal se 'carga' sobre el tercio de mejora, no sobre el de libre disposición, como antes indiqué erroneamente.
13/01/2017 17:03
Ataúlfo López-Mingo
a que te refieres con una parte de la herencia? no se puede tambiene liquidar dandole dinero?

quiza tu te refieres a hacer la particion. Yo me refiero a cuando la particion es la legal (la que es por defecto) y ahora ya está adjudicado todo.
16/01/2017 21:28
Anónimo
no se pueden editar lo mensajes,no?
ojalá no se confunda nadie.
Si no hay testamento, entiendo que da igual donde se cargue ese usufructo,verdad? Me refiero a que en la práctica va a ser lo mismo.