Las respuestas que necesitas las tienes TODAS en este hilo. Lo que pasa es que no las quieres entender.
En MI opinión, vas a meter la pata.
Un consejo: Vuelve a leer, DETENIDAMENTE, las respuestas de este hilo y el link de la SS que cito a continuación:
http://www.seg-social.es/Internet_1/Masinformacion/TramitesyGestiones/PrestaciondeIncapac44667/index.htm.
Si así todo, no lo tienes claro, pienso que lo mejor será que consultes a un abogado laboralista experto en bajas e IPs.
No es tiempo de pensar en indemizaciones, solo te tendrian que dar una indemizacion si hay despido.Si al cabo del tiempo te diesen la incapacidad, la empresa te tendria que guardar el puesto de trabajo 2 años, si al cabo de ese tiempo sigues con la incapacidad, la empresa deberia finiquitar , pero nunca indemizar , no eslo mismo finiquito que indemizacion, y como en ningun momento hay despido no puede haber indemizacion.
Lo dicho por activa y pasiva concentrate en las numerosas pruebas que segun dices te tienes que hacer de aqui para adelante, olvidate del trabajo, la unica obligacion que tienes es llevar el parte de baja a la empresa y lo puede llevar cualquiera un familiar,amigo,etc,etc........que te llama la empresa , pues le dices la verdad, tampoco hay que ir con rodeos, " me estan haciendo diversas pruebas , y aun estoy esperando resultados. La primera interesada en curarme soy yo, cuando el medico me de el alta, vendre a trabajar al dia siguiente, mas ganas que yo no tiene nadie".....y ya esta, mientras estes cotizando y pagando la empresa no gastas paro.
Llevas ya unos 4 meses de baja, no te extrañe que en septiembre te llamen de la inspeccion medica, lo suelen hacer siempre cuando se lleva unos meses de baja.
No me mal interpretes...!!!
Mil disculpas ante todo por hacerme pesada, pero mi situación es complicada, y necesito repuestas pues para mi esto que me esta sucediendo es muy gordo, pues tenia una vida muy dulce y de un dia para otro se ha derrumbado todo.
De nuevo pido disculpas por haberme hecho cansina.
De todos modos muchisimas gracias a todos.
Saludos.
Te han dicho q te pueden despedir cuando quieran.
Te han dicho q te tranquilices y q solo debes pensar en tu salud.
Te han dicho q no tengas contacto con tu jefa.
Todos los consejos q te dan te los pasas por el forro... ya está bien de marear la perdiz NO?
Sabeis que pasa? Hay quien me dice que de baja no me pueden despedir, y otros que si, y estoy un poco liadilla.
Me puede despedir estando de baja, por eso esta intentando que me valore el Inss?
En el caso que a mi me concedieran una incapacida fuera cual fuera, ella se ahorraria la indemnización?
Pero en cambio pueden pasar meses hasta que no me hagan una valoración, lo que ha ella le supone pagarme durante todo este tiempo.
Porque lo que no tengo claro es quien me paga a mi la empresa o seguridad social?
Perdonarme por tanta pregunta junta, pero estoy con un cacao impresionante.
Si realmente quieres "pasar", no atiendas las llamadas de la señora. Que responda un familiar tuyo y le diga que el médico te ha recomendado hacer reposo absoluto durante unos meses y, por lo tanto, no podrás atender las llamadas. Le haréis llegar las bajas por correo y, cuando tengas alguna novedad, se la comunicaréis.
Ya está. No tienes que explicarle nada más. Si no, la señora no va a parar de darte la lata y va a ser un suplicio para ti.
Ten en cuenta una cosa Ivomar, la empresa puede despedirte estando de baja, y le costaria lo mismo economicamente que si estas de alta y trabajando,te pueden despedir cuando quieran, por lo tanto por ese tema no sufras.
Por otro lado haces bien en "pasar" de la empresa si no paran de llamarte, y si hablas con ellos dile siempre lo mismo.....Cuando el medico me diga , empezare a trabajar......y punto no hay que dar mas explicaciones.
Lo que quiero decir es q como tu me dijiste,voy a pensar unicamente en mi.
Que tengo seis citas entre visitas y pruebas y q esperare al diagnostico tarde lo q tarde y ya no tolerare q me afecten sus llamadas.
Que tengo claro q cuando mejore (lo deseo mas q nada) y coja el alta me despedira,siempre sufriendo por la empresa,y me hacen sentir como si estubiera cometiendo un delito,y no tengo la gripe(mas quisiera).
Buenos días,
Tengo una duda sobre el periodo de carencia mínimo como requisito para cobrar una baja por IT despues de finalizar el contrato laboral y seguir de baja por enfermedad común.
El requisito dice tener 180 días cotizados en los últimos 5 años a partir de la terminación del contrato, verdad?
La duda que tengo es si por haber cobrado la prestación y el subsidio por desempleo en esos últimos 5 años pierdes la carencia que te pueda hacer falta para llegar a esos 180 días que piden como requisito.
Espero una respuesta que matice este requisito.
Saludos.
A mas estoy todavia por diagnosticar, los medicos no saben por donde navegan, ja que todavia tengo hasta febrero de pruebas y visitas.
Como me dijeste con anterioridad el inss se basa a raiz de los estudios que me esten haciendo.
Todavia no hay pronostico.
Seguire al ritmo que marca con las pruebas, total se que si llega el dia que me tengan que valorar, y esperando que haya mejoria o cura y me den el alta, la empresa tan pronto la entregue me despediran.
La mutua si puede pedir que a partir de los 6 meses te vea el Tribunal, no entiendo por que te dice que vayas al medico de cabezera y que te lo curse.
Si bien es cierto que el medico de cabezera lo puede cursar, yo no lo pediria, dejaria que pase el tiempo y sean los de la mutua que tederiven a partir de los 6 meses o hablar con el medico de cabezera, cuando vayas a llegar al año de baja.
Me ha llamado de nuevo.
Como la mutua me dijo que a los seis meses iniciarian los tramites para la incapacidad, yo se lo comente cuando fui a verla, antes de que me dijeras que me podria avisar el Inss cuando quisiera.
Hoy me ha llamado y me ha dicho que era mentira y que tenia yo que ir al medico de cabezera y que el me lo cursaria, y todo esto se lo ha dicho su gestor.
Creo que lo mas conveniente sera buscar un laboralista.
La misma mutua de la empresa me dijo que sobre todo tranquilidad, y esta me esta poniendo otra vez fatal.
No se como actuar me hace sentir como si la estubiera mintiendo, como si estubiera haciendo algo malo.
Uffff....!!!!
Merci
Pues nada, me alegro qu te haya servido de ayuda.
Ahora relax, a cuidarse y que te vayan haciendo pruebas y que salgan lo mejor posible claro esta.
Saludos.
La verdad es que ahora respirare con un poco mas de paz.
Me voy a limitar a dejar que todo vaya a su ritmo sin agobiarme.
El hecho de que no me avisen me lo has aclarado a la perfección ya que todavia estoy pendiente de diagnostico a lo que me tengo que someter a muchas pruebas ya que no se debe a un resfriado.
Te agradezco mucho tu ayuda, ya que me has ayudado mucho.
Muchisssimass Gracias.;)
Esta categoría requiere un preaviso al trabajador con un mes de antelación, por escrito, y especificando qué causas de las siguientes son las que aduce la empresa para despedir. Las causas para el despido objetivo son:
Ineptitud del trabajador: Un caso polémico y que rara vez se utiliza ya que es difícil demostrar la ineptitud cuando se recurre a las instituciones judiciales. A veces lo utiliza el empresario como vía para deshacerse de un empleado cuando no sabe cómo deshacerse de él.
Falta de adaptación a las modificaciones: Falta de aprendizaje a las innovaciones técnicas del puesto de trabajo, siempre que éstas sean razonables y haya transcurrido más de dos meses desde su introducción. Un ejemplo cercano es el de los operarios de las gasolineras, algunos de los cuales no se supieron adaptar a la informatización del servicio.
Absentismo laboral: Por absentismo se entiende, por ejemplo, más de dos días seguidos de ausencia no justificada en el puesto de trabajo.
Necesidad de amortizar puestos de trabajo: Por motivos económicos, técnicos, organizativos o de producción. Es el argumento más esgrimido por el empresario al despedir a alguien, y debe acreditar objetivamente la necesidad de reducir costes para mantener el negocio y que al prescindir del trabajador se producirá un ahorro real en la empresa.
Si la empresa puede demostrar cualquier de estos casos el despido es procedente.......si la empresa te despide sin poder probrarlo entonces serian 45 dias por año hasta feb 2012 y despues de esa fecha 33 dias por año.
Que la mutua te pueda derivar a los 6 meses exactos no quieren que ese mismo dias recibas la carta para revision, pueden tardar 2-3-4 meses mas ,te pueden llamar , pero si no tienes un diagnostico claro y estas a espensas de pruebas medicas lo mas normal es que esperen a que tengas los resultados para poder evaluar.
Que diferencia hay entre objetivo o improcendente?
La mutua de la empresa me dijo que una vez pasados 6 meses podian derivarme ellos directamente a que me valoraran.
No es asi?
Entonces puede ser que me llamen , o no en cualquier momento, o bien segun los informes de los medicos lo prorrogan mas o menos?
NO ES CORRECTO, que a los 6 meses el InSS te tenga que enviar ninguna carta.
Normalmente la insspeccion del INSS te llama cuando se lleva varios meses de bajas, pero no esta establecido, que tenga que pasar X meses, te pueden llamar a los 2 meses de baja, a los 3,4,hay ha personas que los llaman antes y otros despues.
Estando fija y de baja pueden prescindir de ti, si es un despido objetivo son 20 dias por año trabajado con un maximo de 12 mensualidades y si es improcedente 45/33 dias por año.
Si te citan para mas pruebas mas adelante sera los medicos de la S.social me imagino, la inspeccion tambien te puedenmandar pruebas, pero si aun no tienes ningun diagnostico claro, esperaran a ver los informes y resultados que te hagan los especialistas.
De todas las pruebas que te hagas pide informes y copias de las mismas y te las guardas para el dika de mañana te haran falta.
He hablado con mi jefa, ya que con todo lo que ha sucedido hasta el momento e querido poner los puntos sobre las ies.
El 21 de Octubre ara los 6 meses que estoy de baja, i supongo que me mandaran una carta para que acuda al INSS, es correcto?
Por otra parte quiero saber si teniendo un contrato indefinido pueden prescindir de mi, y si es asi cuales son mis derechos.
Es posible que con pruebas a diagnosticar me citen en otra visita mas adelante cuando allan localizado el problema de mi enfermedad?
Gracias