Salvo que estés sujeto al Derecho Catalán o Ibicenco, o el testador haya ordenado el pago de tu legítima en dinero, tienes derecho a una "pars bonorum", o sea, a una cuota en propiedad sobre los bienes hereditarios, eres partícipe de la comunidad hereditaria, y los herederos no pueden partir sin tu consentimiento.
Pues en principio nadie te va a llamar, ni los otros herederos ni el Notario. Tendrás que moverte tu, poniendote en contacto con los demás herederos, ya que entiendo que eres un heredero mas al que le han dejado la legitima estricta. Es decir, al repartir, tu parte será la que te corresponda, y nadie te la tiene que dar, sino que se reparte en función de la participación de cada uno. A menos de que conste que tu legitima te la han de abonar en dinero, en cuyo caso, si, son los otros dos herederos los que te la tienen que abonar.
Que pasa ante una herencia, dos herederos universales y un legitimatario.
La legitima hay que pedirla o los herederos universales te llaman para liquidar y pagarte la legitima.
¿Tendría que estar al tanto, para pedir la legitima o ya me avisaran en la notaria?
Gracias.