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Justicia gratuita y honorarios

20 Comentarios
Viendo 21 - 20 de 20 comentarios
21/03/2007 03:41
Gracias por la respuesta, te detallo:

- Efectivamente tras conocer la respuesta del abogado se recurrió al consejo, indicando entre otras cosas que el propio abogado había presentado la renuncia y solicitando de nuevo el cambio.

En el juzgado me dijeron que no podía paralizar de nuevo el proceso ya que seguramente lo considerarían una dilación indebida (¿es esto así?), con lo cual tuve que presentar el recurso, del cual prefiero no hablar (la audiencia se lo despacha con menos de un folio, de hecho tienen que rellenar 4 páginas más copiando de la sentencia del juzgado para que la resolución parezca algo).

El problema es que el consejo todavía no ha contestado. Como puedes suponer de punto anterior, la sentencia ya es firme.

- Acudí los servicios de orientación jurídica varias veces para que me asignarán un abogado para que la denuncia al letrado y no me lo dieron alegando que era una cuestión administrativa y que escribiera el recurso por mi mismo, a pesar de que les indiqué que mi área de conocimiento no tiene nada que ver con el derecho.

No solicite el letrado por escrito (ya que ni se molestaron en informarme como hacerlo), pero si que se lo notifique tanto al colegio como al consejo (que no se me había concedido abogado). Dicho de otra forma no pude presentarla por escrito ya que el servicio de asistencia jurídica me la denegó verbalmente (y tampoco me informaron de como recurrir).

- Lo que me inquieta de la condena del juicio en faltas es que fue hace 7 años ¿no debería de haberse archivado/destruido? ¿Puede valorarla un juez, a pesar de haber ocurrido hace tanto tiempo? ¿Si es así por que no la valoran en la sentencia?

- Del juzgado, en realidad a mi me daba igual los plazos... y ahora que recuerdo... enviaron una diligencia al colegio indicando que se dieran prisa debido a la clasificación penal del caso... y el colegio efectivamente les respondió que ellos no aceptaban ingerencias o algo así... lo que me extraña es: ¿para que tiene que comunicarle el juzgado la tipología del caso?

- Respecto a la insistencia, por lo que dices entiendo que la carga de la prueba (no ser atendido por el letrado) en este caso recaería sobre el demandante y no por el juzgado (o por el letrado, ya que se solicito hablar con el letrado ante ambas partes). ¿Cierto?

- Lo que sucedió en el colegio a grosso modo es:

* Envié la deducía al colegio.
* El colegio envié una copia integra de mi denuncia al letrado solicitando una respuesta.
* El colegio deniega la petición indicándome que puedo recurrir ante el consejo, etc. la denegación viene por parte tanto de la junta de gobierno como de la dirección del turno de oficio.

Un saludo.