Necesito orientacion en lo siguiente: Como se desarrolla el procedimiento de jura de cuentas?ante quien?acaba en juicio?que documentacion se puede aportar?Muchas gracias por adelantado
Creo que viene bastante bien explicado en el art. 35 LEC.
No obstante, ante tus cuestiones:
a) Se ejercita ante el Juzgado o Tribunal en el que se ha dirimido el procedimiento en el que se han generado los honorarios.
b) Documentación: minuta detallada (conforme a honorarios del Colegio o a la hoja de encargo, si la hay).
c) No hay "juicio" si te refieres a vista: si el deudor no paga ni se opone, el Tribunal despacha oposición. Si se opone, el Tribunal resuelve mediante auto.
Muchas gracias Tribuno..te lo agradezco.En cualquier caso decirte que hubo dos procedimientos, uno via civil (modificacion medidas definitivas) y otro penal (llegando incluso a juicio..eso si con conformidad).Debo presentarlo por separado o como?Gracias de nuevo...
Tribuno agradezco tu orientacion y tu premura en la misma.Lo del modo amistoso lo estoy intentando..pero no me coge ni el telefono.Acabare mandando carta certificada y con acuse de recibo.Muchas gracias de nuevo.
Mejor que carta certificada yo enviaria burofax con acuse de recibo, por lo de la fehaciencia de la comunicación, de su contenido y de su recepción
Por lo demas nada que objetar (salvo a la chorrada de marino314)