Efectivamente, según la ley de la propiedad horizontal no es necesario que figure el presidente actual y de hecho es de acuerdo con el art. 14 potestad de la junta de propietarios, entre otras cosas, nombrar y remover a las personas que ejerzan los cargos de presidente, secretario, etc. Por lo que como junta de propietarios tienen ustedes capacidad para nombrar a un nuevo presidente. Y el firmante puede ser cualquier de los vecinos en función de nuevo presidente.
En ese caso, en mi opinión, la Asamblea debe designar a un propietario que la presida y firme el acta como presidente, y lo mismo respecto al secretario (puede ser la misma persona). Tenga en cuenta que la firma del acta es un requisito formal cuya ausencia no compromete, en principio, la validez de los acuerdos.
Nos hemos reunido unos propietarios y sumamos más del 1/4 parte de las cuotas de participación.
Solicitamos por escrito al presidente la celebración de una junta extraordinaria y pasó de nosotros. Pasado unos días enviamos cartas, emails y pusimos en el tablón de anuncios la convocatoria.
Hoy hemos realizado la junta extraordinaria.
Mi pregunta es la siguiente:
A la hora de redactar el acta. Donde tiene que poner que la junta se celebra bajo la presidencia de XXXX qué ponemos?