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Jornada laboral

14 Comentarios
 
28/03/2018 17:10
Javier_1234
Mire lo mejor para estos casos es a parte de denunciar interponer una reclamación por daños y perjuicios por esa alteración del cuadrante, me explico, usted por ej puede tener previsto para la conciliación de la vida familiar, un viaje esta semana santa y resulta que ahora le dicen que el viernes tiene usted que trabajar pues perderá la fianza que tenga depositada por estancia (hoteles) y viajes (avión) buen pues todo eso puede reclamarlo a la empresa y ademas esta el daño moral a usted y su familia, si les mete una reclamación en condiciones se lo harán este año pero ni uno mas.
28/03/2018 17:05
Javier_1234
Pues dependerá de si tiene usted un cuadrante estable o si trabaja de L a V librando todos los festivos pero en definitiva una alteración del cuadrante a parte de tener justificación debe ser notificada con a l menos 5 días de antelación, sin embargo las empresas estan acostumbradas a hacer esa notificación de un día para otro y no le queda otra que denunciar ante inspección.
28/03/2018 15:48
Javier_1234
Hola. Quisiera saber con cuantos dias de antelacion me ha de avisar la empresa para trabajar un dia festivo.
Gracias
14/03/2018 18:45
Javier_1234
Puede que la empresa acepte con la reduccion ese cambio de horario pero no esta obligada. No entiendo lo de los departamentos ya que habla de que le dicen que debería cambiar de departamento, no es asi, si reduce la jornada es en su horario y en su puesto. Dice que otra persona tiene reducción con cambio de horario puede ser que lo haya solicitado antes de febrero de 2012 fecha en la que la norma cambio volviéndose mas restrictiva.
SMO
14/03/2018 17:47
jamgpreve
En mi propio departamento hay gente que entra a las 8 de la mañana, pero esa persona se redujo la jornada hasta las 14 horas. Además en las mismas oficinas hay mas departamentos con el horario de 8 a 16:30.

En este caso, tendrían que aceptar el cambio? o sigue siendo lo mismo.
14/03/2018 08:49
Javier_1234
Puede solicitar ese horario peo no tienen obligación dee facilitárselo.
Usted dentro de su jornada puede reducirse desde 1/8 hasta 1/2 pero dentro de ese horario de 9:00 a 18:00.
No sabemos ni su trabajo ni si la empresa abre a las 8 h, puede que para los operarios abra a las 8 y usted tenga horario a partir de las 9 por ej porque sea usted administrativo y tenga que coincidir su horario con el de atención a clientes por lo que no seria posible variar ese horario.
SMO
13/03/2018 23:52
Javier_1234
Me gustaría saber si es posible cambiar el horario laboral por cuidado de un menor sin necesidad de reducir la jornada. Cuánto es el mínimo legal a reducir. Yo tengo jornada de 9 a 18 horas con una hora para comer. Pero por el horario del colegio, que empezará este año mi hijo, quería solicitar el cambio de 8 a 16:30, pues el niño saldría a las 17 horas. Así no tendría que reducir ni jornada ni sueldo. Pero me han dicho que tendría que ser el departamento completo. Es correcto? Tengo que, obligatoriamente reducirme la jornada para poder conciliar??
11/03/2018 19:21
Javier_1234
Los festivos que trabajo son 5 horas y algunos como el 1 de Enero 4 horas. De ahí que me de ese resultado
11/03/2018 19:14
Javier_1234
Trabajo la mitad de los festivos. He contado las horas de 2017 y me da como resultado 1839. Osea que como usted bien dice regalo 60 horas.
¿Se consideraría una falta grave del por parte del empresario?
11/03/2018 17:15
Javier_1234
En el supuesto de que trabaje los festivos haría usted al año 1920 h y en realidad debería hacer 1780, es decir esta haciendo un excedo de jornada de 140 h gratis, para el caso de que descansase los festivos aun asi tendría un excedo de jornada de 60 h que regala usted generosamente.
Hago el calculo de una forma difícil de explicar teniendo en cuenta que el máximo de jornada don 1826 h/año y que usted en vez de 40 debe hacer 39 h/sem.
La mejor forma de hacer el calculo es cofee un calendario y sentarse con paciencia a calcular dia a dia el n* de horas trabajado.
11/03/2018 16:24
Javier_1234
Y los 14 festivos que tiene el año los descansa o los trabaja?
Como le dice OFS cada 14 dias debe trabajar 11 y 3 de descanso.
Según cuenta hace usted 1920 h/al año
11/03/2018 12:38
Javier_1234
Pues así llevo 10 años. Soy peón en una finca de Granada y me acojo al convenio del campo de Granada
perfil OFS
11/03/2018 11:42
Javier_1234
Da igual lo que diga el convenio, el Estatuto de los Trabajadores no permite trabajar doce días seguidos y descansar dos.

Hay que empezar por ahí.
11/03/2018 11:07
Javier_1234
Si no indica el convenio, sector, etc será dificil poder decirle.
Jornada laboral
10/03/2018 18:12
Hola, quería comentar un tema con respecto a la jornada de trabajo. Resulta que en mi convenio colectivo se estipula 39h semanales. Pero no un computo anual. Trabajo 12 días seguidos distribuidos de la siguiente manera:
5 días de lunes a viernes trabajo 7 horas diarias.
Sábado 5 horas y Domingo 5 horas, de esa semana.
luego otros 5 días de lunes a viernes trabajo 7 horas diarias.
Descanso el siguiente fin de semana.

¿Como calculo el computo anual?

Gracias