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iva por impago en hacienda

1 Comentarios
 
Iva por impago en hacienda
03/10/2004 09:54
es cierto que el iva que no ha recibido el arrendador por el arrendamiento de un local de negocio por impago, debe declararse lo recibido en hacienda y pagarlo aunque no lo haya recibico.
y solo poder reclamarse a hacienda si se realiza una demanda de desahucio sobre el arrendatario .
03/10/2004 09:56
siempre sacando temas tan interesantes.
la verdad es que no hace mucho hubo una sentencia dando razon al arrendador sobre hacienda sobre este caso y por ello no siendo necesario dicho pago , ya que no se ha cobrado.
pero no me hagas mucho caso lo lei de pasada y no recuerdo bien ni como ni donde.