He comprado un piso por subasta judicial. El piso está a nombre de una persona que murió hace 20 años, las hijas nunca han pagado el ITP (Impuesto de Transmisión Patrimonial).
Ahora que me he adjudicado el piso: ¿Que ITP deberé de pagar? ¿deberé de asumir yo los recargos acumulados por las hijas que nunca pagaron el ITP?
Las hijas tendrían que haber pagado el ISD, no el ITP. Por tu parte, entiendo que tendrás que pagar solamente lo que a ti te corresponda que, a falta de más datos, será el ITP.