Las hijas tendrían que haber pagado el ISD, no el ITP. Por tu parte, entiendo que tendrás que pagar solamente lo que a ti te corresponda que, a falta de más datos, será el ITP.
He comprado un piso por subasta judicial. El piso está a nombre de una persona que murió hace 20 años, las hijas nunca han pagado el ITP (Impuesto de Transmisión Patrimonial).
Ahora que me he adjudicado el piso: ¿Que ITP deberé de pagar? ¿deberé de asumir yo los recargos acumulados por las hijas que nunca pagaron el ITP?