IROKO:
por favor, ABRE OTRO HILO, no mezclemos naranjas con aceitunas.
Os pido disculpas archilla por reventar el post, pero no tengo esperiencia en internet, incluso le pido a mi hija que me escriba.
Ahora mismo abro un hilo nuevo.
Archilla, miraré todo con tiempo. Sí que me caliento la cabeza...me hierbe....pues veo altas de cerca injustificadas...
Me aportas mucho y desearía consultar algo más en privado. Si es posible te lo agradecería enormente. Igual no eres aún licenciado pero veo que dominas estos temas. Hoy estoy muy liado con un experto que deseo terminar...sé que igual no es correcto pero te doy mi mail por si me contactas ya que te quisiera tener como consultor.
Entonces, si en el peor de los casos perdiera la IP, si luego un juez reconociese la vigencia de esa excedencia forzosa (durante la IP), esa situacion asimilada ¿significa que no se integrarían como lagunas minimas sino como mi categoria correspondiente? Desde luego esa es la idea que yo tenia cuando me dieron el papelito de EFPE.
No tengo resolución de pérdida de esa condición de estatutario, pero he leido un doc donde la dirección del SAS sí que lo determina así. Un saludo. Si tuviera tu mail un día te lo envío. mi mail: ajaimexyz@yahoo.es
No te lies, si lees lo por mí dicho, las lagunas son SIEMPRE con la base minima vigente en cada momento.
Si te quitaran la IP, que no te lo he dicho, de momento tendrias si eres mayor de 52 años un subsidio hasta la edad de jubilacion.¿lo sabias? es de poco dinero pero algo es algo