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Inscribir compraventa tras fallecimiento

7 Comentarios
 
Inscribir compraventa tras fallecimiento
30/07/2012 21:01
Hola!

Ha fallecido mi madre y aparte de la herencia que es una casa para 3 hermanos, hay otro inmueble que ella compró para vendérmelo hace años pero que sigue a su nombre. Hay un contrato privado de compraventa donde mis hermanos reconocen que fue así y que no forma parte de la herencia.

¿Qué tengo que hacer ahora para que esa casa que pagué y que es mía no entre dentro de la herencia? Me han dicho que vaya al Notario, que la declare y que la inscriba en el Registro. Pero no se si a Notaría deben ir mis hermanos o basta que vaya yo con el contrato. Y tampoco se los impuestos que he de pagar porque por ejemplo la plusvalía que suele pagarla el vendedor, en este caso, ha fallecido.

Y otra cosa, ¿cuánto tiempo tarda todo? Tengo 6 meses para liquidar el ISD.

Muchas gracias
30/07/2012 21:03
Otra cosa que se me olvida preguntar: ¿Cuánto puede cobrarme un abogado por llevarme esto? Vivimos en Andalucía.
31/07/2012 09:08
Primero es aceptar y adjudicarse la aherencia, y luego elevar a público el contrato privado que suscribió con el difunto, para lo cual deberán otorgar la escritura todos los herederos.
31/07/2012 11:15
Pero no es más lógico sacar primero ese bien de la herencia haciendo elevando a público el contrato privado y ya después aceptar la hernecia?

No entiendo mucho pero si aceptan todos la herencia, mi casa pasará a ser parte de ella y en teoría habría que divirdirla o colacionarla.
31/07/2012 11:22
Para elevar a público hay que tomar la cualidad de herederos.Yo prepararía la escritura de aceptación y adjudicación de herencia, incluiría el bien vendido por el causante y lo adjudicaría en vacío a los herederos por valor cero, y después haría la escritura de elevación a público.
31/07/2012 11:26
Muchas gracias Agripa por tus opiniones.
31/07/2012 12:05
Hola de nuevo Agripa!

He llamado a una notaría y me ha dicho que lo primero es elevar a público la escritura de compraventa con todos mis hermanos para que ratifiquen. Y después, se hará la escritura de aceptación y adjudicación.

Supongo que habrá más criterios pero este es el que me han dado en la notaría de mi ciudad, así que es el que voy a seguir.

Muchas gracias por todo.
31/07/2012 12:50
No comparto el criterio de ese notario, pues para elevar a público hay que hacerse heredero, y le van a pedir la misma documentación precisa para aceptar la herencia. Además, para inscribir la compraventa que se eleva a público tendrán que liquidar previamente la herencia. Pero bueno, cada uno organiza su despacho y asuntos como cree mejor.