Vivo en una casa de alquiler en Cádiz capital, la dueña falleció sin herederos ( ab-intestato). somos varios inquilinos. Lo hemos puesto en conocimiento de hacienda y ahora no sabemos cuales son nuestros derechos. Los contratos de arrendamientos son anteriores a la Ley Boyer.
hacienda nos quiere reunir para saber cuantos estamos dipuestos a comprar la vivienda. necesito saber si hacienda nos puede obligar a comprar y si es así a que precio. O si por el contrario podemos mantener nuestros contratos de arrendamiento, que sería lo que la mayoría desea.
Muchas gracias por anticipado. Raquel
Hola polvorilla. Sin tener más datos parece que Hacienda les está ofreciendo ejercer el derecho de tanteo que ustedes como arrendatarios ostentan. Ustedes pueden RENUNCIAR e ejercer este derecho y continuar con el contrato de arrendameinto en las mismas condiciones.