Hola polvorilla. Sin tener más datos parece que Hacienda les está ofreciendo ejercer el derecho de tanteo que ustedes como arrendatarios ostentan. Ustedes pueden RENUNCIAR e ejercer este derecho y continuar con el contrato de arrendameinto en las mismas condiciones.
Vivo en una casa de alquiler en Cádiz capital, la dueña falleció sin herederos ( ab-intestato). somos varios inquilinos. Lo hemos puesto en conocimiento de hacienda y ahora no sabemos cuales son nuestros derechos. Los contratos de arrendamientos son anteriores a la Ley Boyer.
hacienda nos quiere reunir para saber cuantos estamos dipuestos a comprar la vivienda. necesito saber si hacienda nos puede obligar a comprar y si es así a que precio. O si por el contrario podemos mantener nuestros contratos de arrendamiento, que sería lo que la mayoría desea.
Muchas gracias por anticipado. Raquel