Hola si somos 3 hermanos y hemos heredado una finca a nombre de los 3 y yo personalmente quiero vender mi parte y ellas no me la quieren comprar; hay alguna tipo de solucion o de pacto posible ?
Sus hermanas ya le han dicho que no hay pacto posible, pero sí tiene una disolución, la llamada disolución judicial de condominio: si no hay trato, el inmueble se subasta. A usted podría convenirle esta solución, pues suele salir mejor de precio, pero ha de demandar a sus hermanas.
Perdon, me equivoque, yo quiero vender, y ellas no quieren vender; y a priori no quieren comprar, pero hay alguna opcion que puedo plantearles a ellas para que me compren de forma aplazada, o algun otro tipo de alternativa sin tener que llegar a juicio con ellas ?
De forma privada puedes llegar al acuerdo que quieras. Puedes informarles de que si no venden el inmueble, ni compran tu parte, tienes el derecho a solicitar la división de la cosa común, que acabará presumiblemente en subasta pública, y ellas asumirán las costas, al ser las que han impedido el ejercicio amistoso de tu derecho a la indivisión. Y si siguen sin querer ni vender ni comprarte tu parte, pues solo te queda lo mencionado, solicitar en el juzgado la división de la cosa común. No sería un "juicio" tal cual porque no hay nada que juzgar, es tu derecho. Se os invitará a poneros de acuerdo, y si no saldrá a subasta en cuanto uno lo solicite. Les interesa por tanto a las partes (si no hay acuerdo para comprárselo entre ellas o que se lo asigne solo uno), ponerlo a la venta en el mercado.
Si sin llegar a nada de esto te lo compran con pago aplazado, o lo hipotecan para darte tu parte, o lo que veáis, pues genial, eso ya son las condiciones y precio de compraventa que pactéis si llegáis a un acuerdo para que lo compren.
Gracies pero dices : "informarles de que si no venden el inmueble, ni compran tu parte, tienes el derecho a solicitar la división de la cosa común," y como puedo hacer o inicar eso ?
Primero se debe hacer de forma amistosa, en caso de no hacerse de mutuo acuerdo y antes de acudir a los tribunales, es conveniente notificar fehacientemente a los otros copropietarios (burofax) tu deseo de dividir la cosa común. Luego, demanda en el juzgado de división de la cosa común. Se debe hacer en juzgado, para garantizar el derecho a la indivisión que recoge el art. 400 cuando no existe ya ninguna otra vía posible, porque ninguna de las partes es quien (solo un juzgado) para enajenar una propiedad a otro.
Si se me permite, entre el mutuo acuerdo, y el liarse a tiros con los otros, pues está la situación intermedia para resolver los conflictos, que son los juzgados. Los juzgados están justamente, para garantizar los derechos de los ciudadanos, que no puedan ejercer de otra manera por el motivo que sea.
Sí, para este procedimiento necesitas abogado, aunque bueno, puede ser de un bufete o no. Puede ser tu primo o un amigo abogado, uno de oficio si tienes derecho a justicia gratuita...
Lo habitual es que vayas primero a uno (tras agotar las vías de acuerdo con tus hermanas) y este aparte de presupuestos te explicará el proceso, incluso él mismo te puede redactar y enviar el burofax. Si se hace así y aprecia el tribunal (aunque nunca se sabe) que la única responsabilidad de haber tenido que ir a juicio es de cierta parte, se le pueden imponer a esta las costas. Es decir, tus hermanas pagarían a tu abogado, no tú. Es relativamente frecuente en este tipo de procedimientos, aunque bueno, esto es imposible de decir de antemano. También esto te lo debería explicar el abogado.
Por eso decía que primero hablaras con tus hermanas, sobre cómo va esto. Oponerse no se van a poder oponer, a que se venda, ellas verán si quieren comerse el proceso judicial porque te obligan a hacerlo, y además con el riesgo de correr con todos los gastos. Muchas veces simplemente saber esto es suficiente para convencer a copropietarios inflexibles.
Me han comentado que tambien puedo venderlo a empresas que se dedican a comprar inmuebles parciales; sabeis si esto es posible y que empresas hay al respecto ?
Al respecto de la solicitud de la cosa comun, tengo 2 dudas :
- Si ellas quieres vender, pero NO QUIEREN VENDER HASTA DENTRO DE 1 AÑO, y yo quiero vender ahora, puedo iniciar la solicitud de division de la cosa comun igualmente ahora ?
- Es mejor vender mi parte a una empresa compradora de inmuebles proindiviso ? y si es asi he oido en este caso que si llego a un acuerdo con ellos por un precio, necesito el mismo dia de la firma el consentimiento o la aceptacion de mi hermanas que renuncian a comprar por ese precio, el mismo dia de la compraventa ?