Mis padres construyeron hace 35 años una vivienda en suelo urbano, con su correspondiente proyecto, licencia de obras, inscripción en catastro, etc.... Solo tienen escriturada la parcela sobre la que se asienta la casa y ahora quieren escriturar la vivienda, por lo que el Ayuntamiento les pide un informe sobre antiguedad de vivienda.
Mi pregunta es.. ¿que ocurre si en vez de que tengan que afrontar este gasto ahora lo hacemos los herederos una vez que hayan fallecido? de hecho, su preocupacion por hacerlo ahora es que se ven muy mayores y quieren dejar todo el orden. Gracias