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inhumaciones ilegales

9 Comentarios
 
11/02/2006 15:00
Gracias, no me había fijado en la diferencia en in-humación y ex-humación.
10/02/2006 01:08
Pues sí, estaba equivocada (del todo):

Como delito de inhumación ilegal se sancionaba el enterramiento de un cadáver contraviniendo normas admnistrativas y las ceremonias o rituales debidos.

No se sancionaba el hecho, por ser un acto de auto-encubrimiento, si su finalidad era ocultar el delito cometido.


Aunque entiendo que el Art. 526 sanciona conductas que, en la mayoría de casos, lo que implican es una exhumación.

Saludos.
10/02/2006 00:21
De todas formas, me han hecho dudar; lo miraré con calma.
10/02/2006 00:11
Estimado PpBb, entiendo que la inhumación ilegal consistía en ocultar un cadáver tras la comisión de un homicidio o asesinato. La finalidad de ese acto era, no la manipulación u ocultación del cuerpo, sino evitar el descubrimiento del delito cometido, o un descubrimiento tardío.

Los actos que menciona el compañero DP implican una motivación profanadora, un ánimo irrespetuoso, o motivaciones similares.

Es sólo mi opinión personal y, por supuesto, respeto las demás. Un saludo.
09/02/2006 23:10
Si se dan los requisitos ¿Por qué no es válida la opción dicha por DP (art. 526)?
09/02/2006 21:25
No hay de qué.

Supongo que desapareció por considerársele un acto de auto-encubrimiento.

Saludos.
09/02/2006 21:20
Gracias Ana.

Quiero recordar que cuando se cometía un homicidio o asesinato, si además se enterraba el cadaver para ocultarlo, al autor o autores se les aplicaba tambien ese delito. -concurso de delitos-.

Debe ser uno de los artículos que eliminaron en el reforma del Código Penal del 95, y la verdad, aunque tarde, menos mal que me he enterado.
09/02/2006 21:02
No lo encuentra porque ya no existe.

Básicamente consistía en la ocultación de un cadáver.

Salvo mejor criterio
perfil dp
09/02/2006 20:53
Qué tal este? Art. 526:
El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.
Respecto al cadáver, es un derecho personalísimo que puede que esté protegido de forma no penal, sino administrativa o civilmente.

Inhumaciones ilegales
09/02/2006 20:36
Recientemente en una conversación salió este término.
Tal vez esté equivocada, pero quiero recordar que existía un delito en relación a esto, pero al buscarlo en el código penal no soy capaz de encontrarlo.
Algun forista puede ayudarme?.