Recientemente en una conversación salió este término.
Tal vez esté equivocada, pero quiero recordar que existía un delito en relación a esto, pero al buscarlo en el código penal no soy capaz de encontrarlo.
Algun forista puede ayudarme?.
Qué tal este? Art. 526:
El que, faltando al respeto debido a la memoria de los muertos, violare los sepulcros o sepulturas, profanare un cadáver o sus cenizas o, con ánimo de ultraje, destruyere, alterare o dañare las urnas funerarias, panteones, lápidas o nichos será castigado con la pena de prisión de 3 a 5 meses o multa de 6 a 10 meses.
Respecto al cadáver, es un derecho personalísimo que puede que esté protegido de forma no penal, sino administrativa o civilmente.
Quiero recordar que cuando se cometía un homicidio o asesinato, si además se enterraba el cadaver para ocultarlo, al autor o autores se les aplicaba tambien ese delito. -concurso de delitos-.
Debe ser uno de los artículos que eliminaron en el reforma del Código Penal del 95, y la verdad, aunque tarde, menos mal que me he enterado.
Estimado PpBb, entiendo que la inhumación ilegal consistía en ocultar un cadáver tras la comisión de un homicidio o asesinato. La finalidad de ese acto era, no la manipulación u ocultación del cuerpo, sino evitar el descubrimiento del delito cometido, o un descubrimiento tardío.
Los actos que menciona el compañero DP implican una motivación profanadora, un ánimo irrespetuoso, o motivaciones similares.
Es sólo mi opinión personal y, por supuesto, respeto las demás. Un saludo.
Como delito de inhumación ilegal se sancionaba el enterramiento de un cadáver contraviniendo normas admnistrativas y las ceremonias o rituales debidos.
No se sancionaba el hecho, por ser un acto de auto-encubrimiento, si su finalidad era ocultar el delito cometido.
Aunque entiendo que el Art. 526 sanciona conductas que, en la mayoría de casos, lo que implican es una exhumación.