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Informe pericial para juicio, soy propietaria y el arquitecto no me lo da.

9 Comentarios
 
Informe pericial para juicio, soy propietaria y el arquitecto no me lo da.
07/11/2019 23:35
La comunidad de vecinos llevamos a juicio a la constructora por filtraciones en la fachada. A ese juicio se llevó un informe pericial, el cual he pedido hoy al arquitecto que nos defendió en el juicio (a fin de que lo estudie un segundo arquitecto para que nos de más opciones en cuanto a los posibles arreglos y sus costes).
La cuestión es que me ha dicho que no me lo puede dar, aunque yo sea propietaria de una vivienda en la comunidad, porque sólo puede entregárselo al administrador general.
¿Es esto cierto? A mi me ha dado la sensación de que no me lo ha querido dar porque sabe que estoy tanteando la obra de la fachada con otro arquitecto. Entiendo que todos los propietarios habremos pagado ese informe y, por lo tanto, tendremos derecho a tener una copia. Pero no se si estoy en lo cierto.
08/11/2019 00:17
Pizpireta0211
Por supuesto que no se lo debe dar.
Solo se lo tiene que dar a quien le encargó el trabajo, admimistrador o presidente.
08/11/2019 08:57
Pizpireta0211
Al margen del derecho que pudiera tener usted a reclamar una copia del informe pericial, que podría obtener solicitándolo a su Administrador y, o, al Presidente de la Comunidad (aunque yo tampoco no se lo daría por si pudiera afectar con sus actos a los intereses de la comunidad), no entiendo su motivación por lo siguiente.


Si ustedes han promovido un procedimiento judicial contra la constructora del edificio por filtraciones de agua en la fachada, lógicamente han aportado junto con el escrito de demanda un informe pericial en el que, en principio, se describen las patologías, sus causas, se depuran las responsabilidades, la forma en que han de ser reparadas, en su caso, y el coste previsible a los efectos de cuantía del procedimiento, si bien hay quien deja indeterminado el citado cálculo para un momento posterior.


Lo habitual es que el objeto del suplico de la demanda consista en pedir la reparación de la fachada, siendo ello una obligación de hacer personalísima que únicamente incumbe a la constructora, que, si es condenada a ello, deberá ejecutar las obras de reparación de la fachada en los términos descritos en el informe pericial aportado por la Comunidad, no pudiendo aportar otro informe técnico a tal fin, por lo que deduzco que usted se está pasando de lista y se está entrometiendo en el trabajo del Abogado de la Comunidad.


Para el caso de que la constructora decidiera no ejecutar personalmente las obras de reparación, podría su abogado reconvertir la ejecución de hacer a la que haya sido condenada la constructora, en una posterior ejecución dineraria y, previa peritación de la obra a ejecutar, solicitar que el constructor (o su aseguradora), dispongan de los fondos correspondientes para ejecutar las obras. Una vez obtenidos los mismos, imagino que corresponderá al Presidente y Administrador intervenir para decidir qué hacer, como reparar y a quien contratar, siendo lo más previsible que convoquen junta a tal fin.


Saludos.
08/11/2019 09:07
DickTurpin
Perdón por no explicarme bien, aunque creo que los tiempos verbales los he escrito correctamente.
Ya se dictó sentencia el año pasado y se condenó a la constructora a abonar a la comunidad la cuantía que se considera que deberían costar las obras.
Los vecinos queremos ver distintas soluciones posibles para el arreglo de la fachada, ya que lo que quiere hacer el arquitecto que nos llevó a juicio no se ajusta a lo que determinó el perito judicial y la sentencia.
Por eso necesitamos el informe pericial. No creo que me esté pasando de lista.
Muchas gracias por las respuestas.
08/11/2019 09:11
DickTurpin
Ah, y en ningún momento he pensado hacer nada a espaldas de la comunidad, sino que he convocado una junta porque considero que somos todos los vecinos los que debemos conocer todas las opciones de arreglo de la fachada posible ya que nosotros somos los que lo vamos a aprobar y pagar.
Lo que hasta ahora se ha propuesto por parte del arquitecto es cuatro veces más caro que lo que se propone en la sentencia.
Creo que es lógico que queramos mirar más opciones con otros arquitectos igualmente válidos.
08/11/2019 09:41
Pizpireta0211
Usted quiere el informe, si no he entendido mal, para entregarlo a un segundo arquitecto que lo examine y en su caso lo critique.

No le servirá de nada: seguramente la sentencia se remite al informe aportado, y por lo tanto en la ejecución es imposible separarse de lo que dicho informe establezca.

Los informes de profesionales están protegidos por la Ley de Propiedad Intelectual, Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril: el arquitecto es su autor y decide libremente a quién se lo da y a quién no; obviamente se suele entregar a quien lo encarga, en este caso la Comunidad, personificada en su Presidente.
08/11/2019 09:43
Pizpireta0211
Y por otra parte, si como dice la condena ha sido a entregar dinero, puede la Comunidad convocar una Junta y decidir cómo gasta ese dinero, pidiendo incluso varios presupuestos. Pero tampoco para eso necesita usted el informe.
08/11/2019 10:25
Hoplon
Para que lo critique no, para que establezca unas posibles soluciones ajustadas a lo que dice el informe, no unas que suponen un coste de 400000 € frente a los 80000 que dice la sentencia del juicio que debe costar el arreglo de la fachada.
En ese informe se recogen todas las patologías localizadas en la fachada. Es interesante que el arquitecto pueda estudiarlo con el fin de conocer el problema con exactitud y determinar las posibles soluciones.
Creo que no es nada descabellado.
Creo que no me debo estar explicando bien, porque a mi me parece lo más lógico.
Por lo tanto, lo explicaré mejor: La sentencia dice que los materiales de nuestra fachada son de buena calidad, pero que en algunos puntos el mortero se aplicó mal y aparecieron filtraciones. El perito judicial y la propia jueza determinó que esas filtraciones se solucionan aplicando un nuevo mortero de manera correcta en las zonas donde han aparecido las filtraciones. Del mismo modo, dice la sentencia que el resto de la fachada está en correctas condiciones, que los materiales son de buena calidad, por lo que no han de aparecer nuevas filtraciones. Las viviendas afectadas son 9 de 32 que hay en total. El importe del arreglo se estima en 80000 €, los cuales ya nos ha abonado la constructora.
Sin embargo, el arquitecto nos propone como única solución tapar toda la fachada del edificio con fachada ventilada o sate, lo que supone un gasto a la comunidad de 400000 o 27000 €. Lo cual muchos vemos desproporcionado e innecesario, ya que el edificio solo tiene 14 años, es de ladrillo carabista y, como te digo, solo presenta patologías en 9 viviendas.
No queremos tapar nuestra fachada, muy bonita por otro lado, pagando un dineral y siendo además innecesario, tal y como dijo el perito judicial.
Los vecinos queremos saber que otras opciones tenemos, y probar a arreglar sólo los puntos afectados, por lo que hemos contactado con otro arquitecto para que exponga su opinión en una nueva junta, que yo misma he convocado, porque tenemos derecho a sopesar tantas soluciones como se nos propongan por parte de diferentes arquitectos.
Creo que estamos haciendo lo correcto, puesto que podemos consultar cuantas opiniones de arquitectos como queramos antes de decidirnos por hacer una obra que nos supone un desembolso de unos 7000-10000 € por vivienda.
Muchísimas gracias por tu atención.
08/11/2019 13:26
Pizpireta0211
¿Quién puede convocar una reunión de comunidad? Puede convocarla cualquier propietario o tiene que ser el administrador general?
Muchas gracias por su atención.
08/11/2019 20:32
Pizpireta0211
La reunión se ha de convocar al menos una vez al año, por el Presidente.

Art. 16 LPH:

"1. La Junta de propietarios se reunirá, por lo menos, una vez al año para aprobar los presupuestos y cuentas y en las demás ocasiones que lo considere conveniente el Presidente o lo pidan la cuarta parte de los propietarios, o un número de éstos que representen, al menos, el 25 por 100 de las cuotas de participación."

Aproveche y saque el tema de las obras en dicha Junta, tienen ustedes 80.000 € y deben decidir cómo quieren invertirlos en reparar su fachada. De paso, solicite que se añada en el Orden del Día un punto en el que vote que se repartan copias del informe del arquitecto a los propietarios.