HOLA:POR FAVOR ME PUEDEN CONTESTAR AL ASUNTO PLANTEADO EN FECHA O6/11/2009 publicado en este foro
es urgentisimo y importantisimo para mi y la vista es el martes ,y es necesario ,para aclarar el fondo del asunto por tanto estare esperando sus respuestas.
Pues creo que el tema de fondo, no debería tener ningún problema, excepto lo que los bancos quieran ponerle.
En el CIF de otras Comunidades, no la de Propietarios, por ejemplo las de Herederos, TODOS los comuneros tienen que estar registrdos con su DNI en los datos del CIF de la Comunidad.
No veo porque en las Comunidades de Propietarios no pueda se igual. Si todos los propietarios con sus DNI estuvieran relacionados en el CIF de la Comunidad de propietarios, no debería haber ningún problema para que cualquier propietario pueda acceder a la cuenta bancaria de la Comunidad.
Acriton.Le agradezco su interes pero no soy escribiente,pero no me acontestado a mi peticion apesar de ello se desprende que me a entendido perfectamente yo entiendo de defender mis derechos de todas formas estoy dispuesta a prender por eso estoy en el foro.realmente lo que me interesa es saber que devo hacer en el juicio sin faltar a nadieme puede responder algun profesional gracias
Hola les cuento el asunto:En la semana entrante se celebrara una vista de un ordinario de propiedaa horizontal.tengo documentacion con posterioridad a la peticion de pruevas ,al ser con fecha posterior puedo presentarlos en la vista son documentos importantes y oficiales.me puede ayudar alguien y en que momento de la vista los presento . gracias
las presidencias tienen normalmente una duracion limitada, generalmente de un año. Tendra que rendir cuentas a la comunidad y afrontar cualquier irregulariadad que haya cometido.
Si la presidenta es ademas la administradora y secretaria de la comunidad, la ley le obliga a entregarle esta informacion (art 20,5). Pidasela por escrito, con acuse de recibo y dele un plazo razonable para que se lo entregue, 15 dias desde el recibi.
Si pasado el tiempo no se entrega esta documentacion es denunciable, adviertaselo a la presidenta.
Para esto no necesita al banco de españa, ni la ley en cuestion. Le repito que los extractos bancarios solo se entregan a quien legalmente tiene la representacion de la comunidad, corrupto o no, y que no siendo el/la presidente/a , solo un juez conseguiria que el banco le entregue esa informacion.
No pierda el tiempo, ni se pierda en tramites, pidaselo a la presidenta o al administrador si no son la misma persona.
La ley existe pero parece ser que es tavu, de esta forma nadie les molesta ,lo que ocurre es que pareze que en la asesoria del banco de españa ,deben de dar la copia ya que si existe tienen la hobligacion , de informar.por que si te sale una presidenta corructa dificilmente te informara,lo que pasa que estoy en ello pero no se si lo conseguire, por eso pido ayuda. Beremos si me atienden en el banco de españa.si alguien la conoze por favor que me la envie, gracias a todos.
Se ha explicado bien pero yo no conozco esa ley, seguramente sea por la Ley de proteccion de datos.
Logicamente no dan informacion de la cuenta salvo al titular, en este caso a la comunidad, a su presidente.
Le recuerdo que no se la dan ni a la policia si no es con mandato judicial.
En cualquier caso solicite al banco que le indique cual es la ley que lo regula. Deberian decirselo.
Buenos dias :Gracias por tu interes chelinka ,quizas no me esplique bien pues soy nueba en el foro,lo que necesito es la ley ,por la que se riguen las cajas ,o el banco de españa .para no dar informacion de los movimientos del la cuenta de la comunidad. no bale que lo digan de viva voz,tienen que acreditarlo.con el documento en donde se recoja la ley ,tanto si es de rango legal como si no lo es y tiene que ser publico,no bale que me lo diga un empleado por tanto eso es lo que necesito pueden. ayudarme gracias.
Esa informacion solo tienen obligacion de darsela al presidente de la comunidad que es su representante legal a todos los efectos. Se supone que es el que tiene la firma autorizada por la comunidad y el responsable de autorizar los pagos, esta autorizacion va cambiando con los mandatos. Mucha suerte ha tenido si se lo han dicho de palabra.
Dicho esto, puede solicitar copia de ese extracto al administrador- secretario de la comunidad y estaria obligado por el art 20,5 de la ley de propiedad Horizontal a proporcionarselo.
buenas noches :alguien sabedecirme que ley proibe la negativa de los bancos a informarte de los movimientos de las cuentas de la comunidad; que no la disposicion del dinero.en los bancos no te lo facilitan los extractos pero no tienen publicado en que ley se recoje para que el cliente este informado solo lo dicen de viva voz pero no lo acreditan me puede contestar alguien.gracias