Como se calcula la indemnizacion por incumplimiento de contrato a favor de un franquiciado. La marca en el cual se basa todo el negocio deja de existir antes del fin de contrato pero la empresa que la comercializaba sigue.
Por regla general, a menos que exista una cláusula penal en el contrato, la indemnización a reclamar es directamente porporcional a los daños sufridos; sean por daño emergente, lucro cesante etc.
Esto quiere decir que si por un incumplimiento contractual de la contraparte, ud dejó de ingresar 100 (lucro cesante) los daños sufridos ascienden a 100.
No entiendo a lo que se refiere con costes/gastos.
Le pongo un ejemplo. Ud vende copas de cristal a 100 la docena y tiene un pedido y se las pagan contra entrega. Ud. envía las copas con un mensajero/correo/etc pero resulta que las copas llegan tarde y que como consecuencia de la demora, el cliente decide no comprarlas. En éste caso ud podrá reclamar al mensajero/correo etc los 100 dejados de ingresar (daño emergente). Si resulta que además se trataba de un cliente recurrente y que como consecuencia de éste incumplimiento decide no comprarle más copas, ud tendrá derecho a reclamar el lucro cesante, es decir el dinero que dejará de percibir con futuros encargos de copas por culpa del mensajero/correo/etc, que de otra forma se hubieran producido.