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Indemnización en accidente de tráfico

6 Comentarios
 
Indemnización en accidente de tráfico
06/02/2010 09:49
¡Buenas Días!

Mi madre tuvo un accidente de tráfico en 2004. La Junta de Andalucía le reconoce el grado de minusvalía en 2007. Mi madre tiene un seguro particular que le indemniza por invalidez en el caso de accidente de tráfico. Mi pregunta es, ¿qué fecha se ha de tomar como referencia para el pago de la indemnización, el año 2004 ó el 2007? Muchas Gracias a quienes me puedan ayudar. Es urgente.

08/02/2010 08:10
La fecha del siniestro, en 2004.



cualquier comentario
lawteo@yahoo.es
08/02/2010 11:33
¡Muchas Gracias, Teofilo!

Por favor, ¿podría argumentarme un poco por qué ha de ser el 2004? Hay entidades que no lo reconocen hasta la fecha de minusvalía.

Muchas Gracias de nuevo.
19/02/2010 16:59
Airam, para cuantificar el monto final ha de tomarse como referencia la fecha de alta por curación o invalidez, es decir: el baremo de 2007. Respecto a la edad de la accidentada sí ha de tomarse como referencia la fecha del siniestro.

En cualquier caso una minusvalía y una incapacidad/invalidez son dos cosas distintas. Las incapacidades las concede e INSS, no la Junta.

Una minusvalía (que sí las debe de conceder la Junta) no tiene ninguna vinculación indemnizatoria en el baremo de accidentes de tráfico.

Saludos.
19/02/2010 17:00
Airam, para cuantificar el monto final ha de tomarse como referencia la fecha de alta por curación o invalidez, es decir: el baremo de 2007. Respecto a la edad de la accidentada sí ha de tomarse como referencia la fecha del siniestro.

En cualquier caso una minusvalía y una incapacidad/invalidez son dos cosas distintas. Las incapacidades las concede e INSS, no la Junta.

Una minusvalía (que sí las debe de conceder la Junta) no tiene ninguna vinculación indemnizatoria en el baremo de accidentes de tráfico.

Saludos.
19/02/2010 17:25
Perdón por la repetición. Airam, creo que me he confundido, he asumido que quien indemnizaba era el seguro contrario basándose en el baremo de accidentes de tráfico, pero al ser un seguro particular como matizabas, probablemente sea la opinión de teofilo la acertada.

E insisto en que lo que el seguro os requerirá es una incapacidad permanente expedida por el INSS, no una minusvalía.

Disculpa por la confusión.
Saludos.
20/02/2010 18:06
Muchas gracias por tu información, Ivan82.