El presupuesto va a nombre de la empresa y mi cliente sabe que ésta despidió al trabajador tiempo depués, pero desconocemos la fecha exacta y los motivos del despido. Es uno de los aspectos que necesito probar en la documental. La empresa es conocedora del negocio, hasta el punto que mi cliente acude a su establecimiento para recoger con una grúa el vehículo a reparar y, nadie se opone a ello.
Si el despido fuera basado en una extralimitación de sus funciones, en este caso ¿a quién corresponde la carga de la prueba de esta extralimitación?, ¿al trabajador o al empresario?, pues no siempre se aceptan los encargos por escrito en una empresa, sino que lo normal es que el trabajador acate órdenes verbales de su empresario.
¿Alguna idea más? Muchas gracias.
Claro , Acritón ; pero........ ¿ aceptó la empresa la ejecución de la reparación? ¿ por qué no se negó a la ejecución de la reparación antes de realizarla?
¿ actuó el trabajador por orden o mandato o a iniciativa propia?
Quizás el trabajador, se extralimitó al aceptar el presupuesto, sobre todo si el encargo de su empresa no fué por escrito y con facultades para aceptar.
Hola: Necesito que algún abogado con más experiencia me ayude a fundamentar lo siguiente: Una empresa encarga a un trabajador que acuda a otra para que ésta segunda repare un objeto para ella. El trabajador firma el presupuesto de la segunda empresa aceptándolo, en nombre de su empleador. Nadie paga a la segunda empresa y ésta demanda por un proceso monitorio a ambos. La primera empresa se opone diciendo que ella no encargó esa reparación y el trabajador se opone diciendo que él no lo debe porque fue un encargo de su empresario. ¿Cómo fundamento que el empresario debe responder por este acto del trabajdor?. No es una responsabilidad extracontractual, por lo que entiendo que no se aplica el art. 1903 C.C., pero tampoco acaba de encajar bajo la figura del mandato, ¿qué precepto me fundamenta aquí la responsabilidad del empresario?
Gracias