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Incapacitar a alguien

15 Comentarios
 
04/04/2010 23:38
Mira el fiscal no se suele mojar
contesta la demanda y sigue el procedimiento, pero lo mas importante son las pruebas... y una de ellas la principal la del medico forense.. y el examen de S.Sª.. aunque en la mayoria d elos casos, las personas ni saben donde estan... y S.Sª con verlos ya sabe que son incapaces...

El forense si que examina y ve tambien los informes medicos que se suelen aportar... la mayoria de los casos se ve a la legua que son incapaces y no hay problema... otra cosa seria que a una pesona que no esta tan mal.. la quisieran incapacitar y el fuera capaz de comprender..entender y oponerse a eso...

El fiscal no suele oponerse... a no ser que vea que esa persona es capaz...
04/04/2010 20:56
Muchas gracias Miriam52.Te estoy muy agradecido.Que pasaría en caso de que no hubiere oposición del demandado (que imagino que suele ser lo normal) pero el fiscal el día de la vista se opone??Sería vinculante para el Juez o éste seguirá los criterios del Forense Judicial y en su caso los informes que se puedan aportar como prueba documental al presentar la demanda los demandantes.GRACIAS
03/04/2010 16:49
Troe: el tutor es un administrador de los bienes del incapaz... y toma las decisiones sobre su cuidado supongo... pero tiene que dar cuenta de todo al juzgado... primero del inventario de bienes..cuando toma posesion... despues anualmente de los gastos y sus justificantes... y cuando el incapaz muere.. tiene que rendir cuentas al juzgado para que a su vez.. se de a los herederos...

si quiere vender algo... necesita permiso del juzgado...y hay que llevar una valoración del bien a vender por un perito..etc..etc.. luego justificar donde se ha ingresado el dinero... incluso para aceptar una herencia que pudiera venirle al incapaz...o un arreglo de casa..que tambien se necesita presupuesto... informes etc..etc..etc..etc... si puede sacar dinero del banco, pero ya digo... luego justificar los gastos...

en cuanto a otorgar testamento por el incapaz.. eso imposible...

Todas estas cosas, la familia no suele incapacitar a las personas incapaces... mas bien lo dejan como esta y adminsitran sus bienes si no hay problemas entre ellos.. por los casos que yo he visto... solo si se quiere vender algun bien de esa persona es cuando lo suelen incapacitad o las personas que no tienen familia y estan en centros publicos... a esas tambien se les suele incapacitad, quedando la comunidad autonoma como tutora...

Mi suegro por ejemplo, esta para incapacitar... pero para que vamos a hacerlo... los hijos y su mujer se ocupan de él... le administran sus cosas... pues es un gasto inutil hacerlo...
03/04/2010 11:51
Muchas gracias a ambos.Os lo agradezco un montón.Me han servido de mucho vuestras orientaciones.Solo preguntar que pasa en el supuesto de que se nombre tutor a alguien (hijo, nieto...del incapaz) y el incapaz sea muy mayor.Quien puede hacer el testamento (si no estuviera hecho)...el tutor entiendo que no.Pero tengo dudas de si lllegan hasta ahi las facultades del tutor?GRACIAS.
02/04/2010 19:14
bueno...si el posible incapaz es capaz de oponerse... quizas es que no es tan incapaz....
perfil ABQ
02/04/2010 19:08
Aunque el Fiscal tiene competencias para instar la incapacidad, dado que prevés que pueda haber oposición, lo suyo es ponerlo en manos de profesionales. Las pruebas se practican en el juicio verbal, si acaso el reconocimiento del incapaz se hace antes, a veces antes de entrar al juicio. La asistencia de abogado y procurador es preceptiva. Es decir, que el solicitante debe nombrar abogado y procurador, pero la familia será oída por el juez sin necesidad de ser asistidos profesionalmente. Lógicamente, si el incapaz se opone también habrá de hacerlo mediante profesionales.
02/04/2010 19:00
yo no recuerdo haber visto ningun caso en el que el presunto incapaz de opusiera... mas bien algun hijo en un caso concreto, se personó y se opuso, pero solo porque no queria que fuera el marido actual de su madre quien fuese nomrbado tutor...

Las pruebas se practican en el acto del juicio e incluso si el demandado no acude, pese a estar citado, se celebra la vista, oyendose a los familiares y testigos, aparte de las pruebas documentales que ya se hubieran presentado con la demanda....

Al posible incapaz el juez ya lo ve con anterioridad al acto del juicio, asi como el forense, que emite el correspondiente informe.

En la mayoria de los casos son personas que no comprenden el procedimiento, por lo que es dificil que se opongan, ya que la familia o el fiscal en su caso, solicitan su incapacidad cuando ya son incapaces de regir su vida y bienes.... por eso con anterioridad, se le designa un defensor judicial y luego los tramtes se realizan a través de ese defensor judicial.. que en la mayoria de los casos es designado tutor posteriormente...
02/04/2010 18:03
Agradeciendo de antemano vuestra amabilidad en el asesoramiento y abusando de vuestra confianza solo me queda una cuestion mas que veo que discrepais. Y es en el tema de asistir con abogado y procurador.Mi pregunta es: en el supuesto que el demandante (o demandantes.....porque entiendo que pueden ser varias personas-hijos...nietos....etc del presunto incapaz) vayan asistidos con abogado y procurador y la otra parte (presunto incapaz) se oponga.......y vaya tambien asistido con abogado y procurador. El juicio (que entiendo que habría) se sustanciaria como un verbal? y en este caso, el tema de las pruebas, es decir, audiencia a los parientes mas proximos, al propio incapaz, informes medicos, etc.....se haria antes del juicio o seria en el propio juicio?Y si no hay oposicion del demandado, la practica de estas pruebas que acabo de reseñar, han de ser ante el juez en sala y con abogado del demandante o puede irse sin él?Espero haberme explicado y reitero mi agradecimiento
01/04/2010 18:19
bueno, no voy a discutir sobre si es voluntaria o contenciosa... en mi juzgado lo repartiamos como voluntaria...
perfil ABQ
01/04/2010 11:35
Miriam52, siento discrepar, pero el procedimiento de incapacidad viene regulado en los artículos 748 y SS. de la LEC. y es jurisdicción contenciosa. Se trata nada menos que de declarar "la muerte civil " de una persona.
01/04/2010 02:00
Creo que no es necesario que una persona este incapacitada o no para que pueda entrar en una residencia o su familia pueda actuar en ese sentido por él...

La incapacitación de una persona con esposa...hijos etc...etc... suele realizarse en los juzgados principalmente por un motivo... sus bienes... administrarlos..venderlos... no para decidir si tiene que estar en una residencia o no...

El procedimiento de incapacidad si es jurisdicción voluntaria... la familia...el fiscal ... puede interponer la demanda...se emplaza al presunto incapaz... es examinado por el fonrense y por el juez y en el juicio se ven lasd pruebas...se oye al interesado y a los familiares y posteriormente se dicta sentencia nombrando un tutor... que administrara los bienes y dará cuenta anualmente al juzgado.

Pero es cierto que si una persona se opone a su incapacitación quiere decir que no es tan incapaz comoparece...

Si la esposa es muy mayor... no creo que la nombren tutora... el cargo conlleva responsabilidad y la administración de los bienes y dar cuenta al juzgado... muchas cosas para una persona mayor... pero ademas deben dejarle claro a la esposa que el cuidarlo en casa etc..etc.. nada tiene que ver con que este incapacitado o no...

Para que una persona pueda ser internado en una residencia de ancianos no es necesario estar incapacitado... creo que ese concepto lo tienen equivocado tanto la esposa como la familia... en la actualidad, las residencia de la administración son para personas no válidas y no exigen la incapacidad...
perfil ABQ
01/04/2010 00:46
Siempre hay un juicio, se opongan o no. Es un procedimiento especial, pero es como un juicio verbal. Se oye al presunto incapaz y a los familiares en sala si es posible (a veces el incapaz no está para eso y se le ve en casa, con el forense). Es necesario abogado y procurador, pues aunque el fiscal tiene la obligación de instar la incapacitación, lo que hace es instar a la familia para que la inste (toma ya). No es jurisdicción voluntaria. Creo que debe explicarse a la esposa que la incapacitación es una medida para proteger al incapaz, para que nadie pueda engañarlo, así que podría nombrarse a ella como tutora y creo que también puede nombrarse a un segundo para cuando ella falte o resulte incapacitada a su vez.
01/04/2010 00:27
Gracias a ambos.Miriam no se que información podría ayudarte para informarme con mas detalle pero tal y como te comenté es un matrimonio mayor, muy mayor, la mujer no quiere que lo incapaciten porque quiere cuidarlo ella, pero los descendientes (hijo y nietos si) porque consideran que debe estarlo para que sea el tutor el que pueda actuar por él (cara a ingreso en residencia de ancianos, etc etc).Las dudas son varias: Si hay oposición (por parte del presunto incapaz o de la mujer o de quien sea) hay juicio? ¿bajo que procedimiento se sustanciaría?Si no hay dicha oposicion, esas pruebas (citacion a familiares, que los oiga el juez,etc etc) como es?en sala?como juicio? y por ultimo es de jurisdiccion voluntaria?hace falta Abogado y Porcurador?MUCHAS GRACIAS DE NUEVO.
31/03/2010 21:59
el Ministerio Fiscal tambien puede solicitar la incapacitación.. y no es necesario lo del abogado y procurador...

Un primer lugar nos abemos que relación le une a usted con esas personas...

si no tienen familiares cercanos podrian ser los servicios sociales del ayuntamiento quien enviaran al fiscal la documentación e informes medicos a ver si ve la procedencia o no de incapacitarlo...

tambien en el caso de que no haya familiares que se quieran hacer cargo de la tutoria, es la comunidad autonoma a traves de sus servicios sociales quien se hace cargo...

en el procedimiento se cita a los familiares...mujer..hijos..etc... y el juez los escucha en el juicio...

si aclara un poco la situación de ese matrimonio se podria informar con mas detalle...
perfil ABQ
30/03/2010 23:43
Es un procedimiento no muy complejo, pero que hay que hacer con abogado y procurador. Al mismo tiempo se debe solicitar nombramiento de tutor. Se aporta documentación familiar para ver quién debe ser el tutor y médica para acreditar las deficiencias. De todas formas lo reconocerán el juez y el forense. Si el forense opina que está para incapacitarlo, lo más probable es que se le incapacite.
Incapacitar a alguien
30/03/2010 21:37
Me gustaía recibir una orientación general de los pasos a seguir para incapacitar a una persona (avanzada edad, demencia senil, salud delicada.... y casado pero con esposa tambien mayor que en principio se niega a dicha incapacitación).Es proceso largo?; suele acabar bien?documentación a aportar?Muchas gracias.