no hace falta libro, el propio inss te informa de todo, el plazo, antes era hasta 5 años, luego 2 y ahora comentan que dos meses, pero sigo pensando que son dos años.
a las otras preguntas la respuesta es afirmativa
Ya tengo la baja por el medico de cabecera. La determinación de la contingencia al INSS que debo solicitar en el INSS ¿en que plazo debe hacerse? Una vez resuelta la determinación de la contingencia si no me es facvorable recurrire al INSS ¿es eso?
No entinedo a que demanda te refieres después. ¿Te refieres a demandar ante el juzgado de lo social en caso de que no consideren que deriva de accdiente de trabajo?
Es que estos temas no los controlo bien, pero es un compromiso. ¿Podeis recomendarme un buen libro de orientación?
totalmente de acuerdo con Killo, espero que te hayas aclarado Sat, pero si la mutua te ha dado el alta sin proposicion de incapacidad me temo que vas a tener que pelear con ellos, y si encima es Asepeyo por el plan que tienes ultimamente, ni te cuento.
por partes, 1º, si no estas bien y te dan el alta te vas al medico de cabecera, que diagnostique y de la baja si procede a su juicio, esta baja seria por enf comun.
2º se reclama al inss, UNA DETERMINACION DE CONTINGENCIA para que estime esa baja como accte laboral y responsable la mutua como via previa obligada que seria recurrible a la misma via antes de presentar demanda al juzgado y con especial cuidado de plazos para cada paso.
3º si el medico de cabecera no te da la baja solo se puede ir a trabjar mientras el cuerpo aguante y mientras tanto impugnar el alta.
Es recomendable un abogado desde el principio, porque algunas mutuas ultimamente no respetan las reglas del juego
amro, dices en tu mensaje: "Si exite un alta sin propuesta de incapacidad o solo de incapacidad permanente parcial, deberás volver al trabajo hasta qeu se resuelva". A mi me han dado el alta por curación. No estoy de acuerdo con ese alta. Si la impugno ¿es directamente ante el juzgado de lo social?, ¿hay reclamación previa frente a algún organsmo? ¿Puedo solicitar directamente que me mire el tribunal médico?
Efectivamente Sat, si se trata de accidente laboral, la mutua es la encargada de darte el alta.Los efectos de la IT se prolongan con el alta médica y propuesta de incapacidad permanente total, absoluta o gran invalidez. Si exite un alta sin propuesta de incapacidad o solo de incapacidad permanente parcial, deberás volver al trabajo hasta qeu se resuelva.
saludos
Pues JLR la mutua me ha dado el alta por curación (es por accidente de trabajo) y según he leido sí te puede dar el alta la mutua. No entiendo nada pero es así.
La Mutua como tal, nunca te puede dar el alta.
Debe ser siempre un medico de la SS.
Normalmente, las mutuas dan el alta para incapacidad, lo antes que pueden, pues asi una vez reconocida esta, dejan de tener que pagarte..
Si la Mutua te da el alta y no estás cpacitado para trabajar, debo impugnar ese alta. ¿Que pasos debo seguir? ¿Debo pedir la baja en el servicio de salud? ¿Debo poenerme a trabajar a esperar cuanto tardo en recaer?
lo que suelen hacer es dar el alta por propuesta de invalidez cuando han pasado 12 meses de baja, o sea que estan a la espera de ver si cabe mejoria en tu estado o no.
Gracias JLR, pero si la mutua no me da ese alta proponiendome para la incapacidad puedo solicitarla yo también directamente, ¿verdad?. ¿Puedo pedirlo mientras estoy de baja? ¿Qué pasos se seguirían?.
Normalmente, tu medico te dará el alta por propuesta de incapacidad permanente, deberás ir al INSS y rellenar un impreso de solicitud, posteriormente, te citaran en el EVI o Tribunal médico, es lo mismo pero con diferente nombre, el moderno y el antiguo.
Allí un medico recopilara todos los informes que tengas, te hará una entrevista y los pasara al propio tribunal dicho.
Al cabo de un tiempo, recibiras la resolucion en tu domicilio.
Esta puede ser de diferente forma, te la pueden denegar, puede ser una incapacidad permanente parcial, total, etc..
Sobre esta resolucion puedes plantear recurso.
Tu realmente lo que solicitas es la INCAPACIDAD PERMANENTE, el grado lo dan ellos..
Saludos JLR
Btardes la solicitud de incapacidad, se pide tal cual. Luego es el tribunal medico, el que determina que clase de incapacidad te concede.
Posteriormente, tu puedes poner recurso sobre la resolucion pidiendo que sea una incapacidad superior.
SL2
A ver si me podeis orientar un poc. Para pedir la incapacidad permanete total ¿hay que solicitar primero otra clase de incapacidad? ¿Qué pasos debo seguir?