Buenas noches. Alguien del foro me puede aclarar.Para que sirve la Patria potestad si no la ejerces y, porque cuando antes era decisiones de wmbos padres y ahora no, creo,. No se ya me comentais.
Gracias Trampolino, En aclaración se puede hacer sin abogado y procurador, lo digo porque la parte no custodia, fue a la incapacitación sin abogado. Ya que era el fiscal.Y en la aclaración que se debería decir o hacer. Gracias, espero respuesta.
Por lo que expone, la sentencia no parece muy clara y sería recurrible en aclaración (tres días de plazo) o en apelación en el plazo de 20 días. Contacte con un abogado que pueda examinar la sentencia y darle su opinión al respecto.
Incacitación mayor de edad y ejercicio de la patria potestad
Buenas tardes, expongo este caso, y por favor si me podéis ayudar de que forma. Padres Separados, la custodia la tiene su madre, se ha incapacitado un chico con 23 años, y la sentencia pone "que conforme al Art.171, la patria potestad, cuya titularidad ostentarán ambos progenitores, correspondiendo su ejercicio a su madre". No pone nada más.
Que quiere decir esto?, que ya el padre no tiene ninguna opinión ni decisión sobre el chico, como se realizaba antes?, que siempre había mutuo acuerdo, y nunca ha habido ningún problema.
La sentencia no está motivada para no ejercerla compartida el ejercicio, esto es recurrible?.
Porfa, ayuda, gracias.