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Impugnación testamento y reclamación de legítima

4 Comentarios
 
Impugnación testamento y reclamación de legítima
06/09/2023 19:13
Buenas, soy un abogado novel y quiero saber si me pueden ayudar con un tema.

Tengo un cliente que ha sido desheredado de la legítima por el padre indicando en el testamento que debido a las liberalidades hechas en vida en favor suyo, imputables a legitima, ya no la va a cobrar y nombra herederos de todo a sus hermanos.

El caso es que el cliente me indica que no ha recibido nunca ninguna donación de nada, ni de dinero ni de inmuebles ni de nada. Eso sí, el cliente se divorció, se quedó en paro y se fue a vivir con sus padres por un periodo de 15 años en los que aportaba lo que podía entre un paro y otro. Vamos que el padre le decía que era un mantenido y por eso ha hecho este testamento.

Aquí mi pregunta: el hecho de haber sido un "mantenido" 15 años se puede considerar liberalidad imputable a legítima? o al no haber habido ni donaciones ni nada demostrable hacia él, tiene viabilidad la reclamación de legitima?

Un saludo
06/09/2023 19:29
A todos los efectos especifico que el cliente pertenece a la Comunidad de Cataluña, lo digo porque se deberá aplicar el código civil catalán
06/09/2023 19:32
Buenas,

En teoría las liberalidades imputables a legítima deben constar como pacto expreso, no se puede imputar a legítima directamente en el testamento.

En este caso, si solo hay eso y tu cliente nunca firmó estar de acuerdo en el pacto de que lo mantenían a cambio de imputarle a legítima sus gastos, ni recibió nada demostrable, la reclamación de legítima es viable
06/09/2023 19:39
Zleylak
Ok gracias

Una pregunta más,.

Tengo que hacer dos demandas? una para impugnar el testamento y otra para una vez, obtenga sentencia favorable en anular la cláusula de la legítima del testamento, reclamar la legítima?

O lo puedo poner juntar todo en la misma demanda?
07/09/2023 10:23
Estás obligado a hacer una sola demanda, art 400 LEC, de impugnación y reconocimiento de la legítima. Después, si es el caso, habrás de presentar otra demanda, en ejecución de lo resuelto en esta vía declarativa.