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Impugnación. ¿que es vista previa?

24 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 24 comentarios
Impugnación. ¿que es vista previa?
26/07/2007 08:45
Alguien sabe para que sirve o que finalidad tiene la vista previa de una impugnación? Se puede acabar en ese momento el proceso de impugnación o por el contrario sigue su curso y solo sirve para poner fecha de juicio ? Gracias
26/07/2007 18:38
Pues mira lo que he encontrado, niuk:

¿Que se pretende con la Audiencia previa?
Básicamente:
1.-Intento de acuerdo o transacción o acuerdo entre las partes que ponga fin al proceso.
2.-Examen y subsanación de las cuestiones procesales que puedan obstaculizar que prosiga el juicio y que se pueda determinar sentencia sobre el fondo. (Son las llamadas excepciones).
3.-Fijar con precisión el objeto del proceso.
4.-Proponer y acordar la prueba.
El acto de la Audiencia Previa en sí mismo sigue los anteriores pasos. Es decir, se inicia la Audiencia preguntando el Juez a las partes si han llegado a un acuerdo que ponga fín al procedimiento. Si hay acuerdo, finaliza el proceso, pudiendo ser homologado judicialmente el acuerdo de las partes(Auto, que será título ejecutivo). Si no lo hay, prosigue la audiencia, y, caso de haberlos, se depuran los defectos del proceso (excepciones) recogidas en el 416 LEC (Si bien no es numerus clausus).

Saludos cordiales
27/07/2007 00:06
vista previa: no hay acuerdo, se mantienen las dos posturas,la comunidad propuso acuerdo y la otra parte lo rechaza, impugnan 5 propietarios de 55, impugnan, elección del presidente ilegal, obra de tejado, (ya realizada y aprobada por mayoria y pagada) porque les parece cara y no les gusta la empresa que se eligió para hacerla,impugnan colocación de nuevas antenas, con motivo de retirar las privadas en el tejado y que no se pise el nuevo tejado más que lo necesario,(obra ya realizada todos tienen las nuevas antenas en su casa incluso los que impugnan, ademas no hubo derrama se hizo con fondos de la comunidad, y aprobado por mayoria,y su única forma de llegar a un acuerdo es que pague todas las obras el presidente de su bolsillo.Se admiten opiniones al respecto.Juicio en Noviembre
27/07/2007 00:12
Ah! se me olvidaba, solicitaron medidas cautelares, con respecto a la paralizacón inmediata de las obras, se retiraron de la demanda , por falta de argumentos, el juez desestimó y les condena a costas.Como yo no entiendo mucho, alguien me puede explicar si esto es normal y tiene algún sentido? se puede pedir a un presidente que pague las obras, aprobadas en junta, con selección de los presupuestos por los propietarios, por mayoria aplastante,pagadas las derramas (menos ellos) y realizadas ya , Alguna opinión seria? gracias
27/07/2007 00:33
Pues lo que ya esté hecho no se va a deshacer salvo que perjudique a algún comunero....., o sea ilegal.
La elección de presidente.....? Depende!. Pero creo que no habrá condena en costas. Ganar un juicio con condena en costas es dificilísimo, sobre todo en las demandas en las que se impugnan varios acuerdos.

Saludos.
27/07/2007 13:25
Hola a todos:

niuk si eligieron y votaron en la Junta, ¿porqué no piden que paguen los que votaron a favor?, tendría más lógica, pero ¿porqué dicen que la elección del Presidente es ilegal?, ¿lo es?

Ojalá hicieran en mi Comunidad muchas obras, donde no hubiese derrama.

Gracias por todo.

Saludos.
27/07/2007 13:37
Hola otra vez:

Se me pasaba.

Seguramente la Comunidad, no debe de haberlo hecho muy bien, ya que ha propuesto un acuerdo, la han rechazado y aún así, sigue con la denuncia de impugnación. Seguramente no has contado todo.

Gracias por todo.

Saludos.
27/07/2007 14:36
para antonio bernardo:

voy aver si lo explico bien: El presidente fué elegido por mayoria en junta de revocación del anterior presidente por dejación de funciones.Este mismo presidente elegido, ya tuvo su mandato antes y puso la comunidad en marcha, antes que él solo hubo un presidente que estuvo 4 años, sin realizar una sola junta, sin consultar con los propietarios cosas como Puertas de la entrada al edificio, puestas por el a su antojo, pintura de escalera, lo mismo, halogenos en los portales, igual etc.

El presidente actual, en su mandato anterior, arregló los portales, levantó la economia de la comunidad que quedó en la ruina absoluta, se aprobó por UNANIMIDAD una subida de cuotas del 30% se cambió la caldera de calefacción, sin derrama, con financiación por Unanimidad en fin todo con juntas, votaciones, presupuestos somettidos a estudio y votados etc. Ese es el motivo de que lo volvieran a elegir para un segundo mandato. Las cuentas por cierto al centimo.Ahora se decide en junta ,arreglo de tejado, 8 presupuestos a discutir , se aprueba uno ,por valor de 68.000 euros para cambiar el tejado de uralita y de 30 años por uno nuevo, se proponen las derramas y aqui comienza el problema.Hay una impugnación pidiendo que se declare el nombramiento nuevo del presidente ilegal, porque ya lo fué, que se anulen las obras del tejado, porque es mucho dinero, y con unos cuantos parches se puede arreglar(hay un informe tecnico que determina que hay que renovarlo entero.)Todo votado en junta, todo aprobado por mayoria de propietarios y coeficientes,el motivo es no quieren pagar, dicho por ellos. Somos 55 vecinos, impugnan 5 y se "adhieren" a no pagar 8 más en espera de que se resulva la impugnación.

Se ha intentado llegar a un acuerdo ya que solicitaron la paralización de las obras, las medidas cautelares, abandonaron en la vista, y fueron condenados en costas, el único acuerdo que contemplan, es que el presidente sea declarado ilegal,y que pague las obras de su bolsillo. de estas 13 personas te digo que 10 votaron a favor del presidente , del tejado y la obra, de las antenas de las que todos disfrutan y no hubo derrama para su instalación.Ahora me explicas si esto tiene sentido?

dicho por el cabecilla de ellos, "voy contra el presidente y no paro hasta que no acabe con él".

A esta persona el presidente le reclamó en su dia cuotas impagadas y no lo perdona, no me lo invento, se lo dice a todo el que le quiere oir,y como colofón tienen un abogado que ATENCIÓN, dice textualmente al juez que sus clientes pueden estar sin pagar un año entero y no se les puede reclamar nada hasta que no finalice el ejercicio anual, que no son DEUDAS VENCIDAS hasta el 31 de diciembre. COMETE ESO!!!! Podemos dejar de pagar las cuotas todos los propietarios durante un año entero, que la comunidad funciona sin dinero.

Si me dejo algo me lo dices. Un saludo
27/07/2007 15:04
El acuerdo lo propuso el juez, la comunidad, dijo que por ellos estaba bien , ya que la comunidad necesita el dinero que estos propietarios deben de derramas, algo asi como 22000 euros, sin los cuales, la comunidad está bajo minimos, ya que ahora han decidido no pagar tampoco la cuota ordinaria, hasta que se resuelva la impugnación, por eso la comunidad acptaba un acuerdo que decia:
Ya que el motivo de impugnación principal son las obras , que en las medidas cautelares abandonaron y fueron condenados, las obras ya están hechas, todos disfrutan de las antenas, que paguen su parte y costas a medias, eso lo propone la comunidad, y ellos contestan que pague el presidente y se devuelvan las derramas pagadas a todos los que pagaron o sea a 42 propietarios, que somos los que respetamos los acuerdos tomados en su dia y que somos coherentes con la necesidad de arreglar la comunidad , no cambiamos de opinión al dia siguiente de haber votado que si, porque nos toca pagar y no tenemos dinero o no queremos ponerlo en la comunidad.están todos ellos en espera de juicio con liquidación de deudas aprobada en junta por mayoria de 42 a favor de denunciarles y 5 en contra ( los que impugnan y se les deja votar ) los adheridos no pueden votar ya que son simples deudores sin más. Saludos
27/07/2007 17:49
Hola niuk. Cuando dijiste que habían impugnado la elección de presidente, por ilegal, pensé que te referías a que no era copropietario, pero no es el caso. La elección, entonces, es totalmente legal máxime cuando le han elegido por mayoría; otra cosa sería que un comunero no quisiera serlo cuando ya le correspondiere, (que pasaría si nadie quisiera ser?), pero que un presidente sea reelegido, por mayoría, no es motivo para que los acuerdos tomados bajo su mandato sean anulados, máxime si estos acuerdos se ajustan a lo que dice la Ley.
Que sería entonces de las comunidades que tienen a un mismo presidente durante varios años?, podría cualquier comunero pedir que todo lo acordado bajo su mandato, a partir del año de su elección, fuera anulado?, se le podría considerar un ilegal a partir de ese año?.

No sé si la reelección es motivo de impugnación, pero SÍ sé que quien votó a favor ya no puede echarse a tras (impugnar).

Saludos cordiales.

PD. Los Jueces tienen en cuenta la Leyes, pero también la mala fe, y pedir
que todo lo acordado (conforme a la Ley) sea anulado, solamente porque fueron tomados bajo la presidencia de un copropietario que fue reelegido presidente….., pues como que no tiene mucho sentido, salvo que pueda demostrar que esos acuerdos sean contrarios a la Ley y/ o gravemente perjudiciales para algún comunero que no tenga obligación de soportar, y lo que tampoco puede pretender (quien impugna), es deshacer lo que está bien hecho (obras/reformas/instalaciones)

27/07/2007 19:35
Hola a todos:

Ante lo que cuentas, me extraña que haya sido aceptada las impugnaciones.

ARTICULO 18.1

1. Los acuerdos de la Junta de propietarios serán impugnables ante los Tribunales, de conformidad con lo establecido en la legislación procesal general, en los siguientes supuestos:
a) Cuando sean contrarios a la Ley o a los estatutos de la comunidad de propietarios.
b) Cuando resulten gravemente lesivos para los intereses de la propia comunidad en beneficio de uno o varios propietarios.
c) Cuando supongan un grave perjuicio para algún propietario que no tenga obligación jurídica de soportarlo o se hayan adoptado con abuso de derecho.

¿En que punto es impugnable?
¿En la elección del Presidente?
¿Por aprobar un presupuesto de 68.000 Euros?
¿Porque no tienen derecho a pagar la derrama?
¿Porque el Presidente debe pagar, según ellos?
¿Porque no quieren pagar una derrama que no consideran vencida, ya que no está terminada?

Puedes decirme niuk ¿que tiene que ver la deuda de la derrama, con el cierre anual?

Parece que se oponen a pagar por no estar terminada la obra y por tanto vencida, que no tiene que coincidir con el cierre anual.

¿Me equivoco?

Gracias por todo.

Saludos.
27/07/2007 21:30
impugnan alegando falta de legitimación del presidente, por ejercer un 2º mandato, se acogen al articulo que dice que el amndato será por un año.

La obra ya está acabada, no pagan porque dicen que si se demuestra que el presidente no está legitimado para hacer juntas tampoco lo está para hacer obras, con lo cual tendria que pagarla de su bolsillo,y no pagan las cuotas ordinarias de comunidad porque alegan según su abogado que no son cuotas vencidas hasta finalizar el ejercicio anual. La L:P:H: dice claramente que para impugnar se dbe estar al corriente de todas las cuotas vencidas y ahi es donde digo yo:
¿como les permiten la impugnación siendo deudores y no consignar en el juzgado ni poner una previsión de fondos? Porque si eso funciona asi a partir de ahora todo el mundo puede impugnar, cada acta, cada acuerdo, alegando mil cosas ya que la l.p.h. se interpreta de mil formas, si fuese exacta no habria la mitad de consultas en el foro y no habria tantos problemas para llevar una comunidad.Saludos
28/07/2007 14:13
Hola a todos:

Niuk, sabes que esa alegación del Presidente, no tiene sentido, pués, cualquier copropietario puede ser todas las veces que quieran en Junta, siempre renovándolo cada año. Si no se renueva está saltándose la ley, o bien, que los estatutos, o una Junta diga lo contrario, como puede ser porque le toque, por sorteo, etc. como no lo has expresado, doy por entendido que puede salir cualquier copropietario como Presidente en diversas candidaturas.

Por esto me extraña también el que hayan aceptado la impugnación, ya que no cumpliría los requisitos para ello. ¿hay algo más por ahí?

Aún así, si ellos consideran que no deben pagar la derrama, sería algo aparte de la cuota, no pueden negarse a pagar la cuota y en base a la derrama, pués como mucho, habría que separar la cuota de la derrama, mientras el Juez no dictamine.

Sigo pensando que la finalización del ejercicio anual, no tiene que ver con las derramas de las obras que están para colmo terminadas, ya que los que hacen la obra, también tienen su derecho que no se les puede privar de ello, teniéndolo sin cobrar y la Comunidad no tiene que cargar con unos propietarios que se oponen a pagar y no pagan, incumpliendo la ley de LPH sobre que los acuerdos son ejecutivos. Tendrían que pagar les guste o no y el Juez dictaminase si se les devuelve la parte correspondiente, mientras tanto son morosos en toda regla y se les puede denunciar por ello.

Gracias por todo.

Saludos.
30/07/2007 00:06
Hola,

En mi opinión es muy difícil que la vista previa solucione el conflicto, teniendo en cuenta que cuando se llega a ese punto es porque no ha existido posibilidad de acuerdo, con lo cual, lo más frecuente es que continúe el proceso.

En referencia a lo que comentais del presidente, no creo que estén muy acertados al pensar que debe serlo por un año y finis porque eso no se interpreta del art. 13.7 sino que una vez nombrado debe ocupar el cargo durante un año y los Estatutos, claro, podrían disponer otra cosa pero podría ser que en lugar de un año fueran seis meses o dos años pero esto no quiere decir que sólo se pueda ser presidente durante el plazo de un año porque lo que tampoco se puede negar es que primeramente se nombra por elección y, creo que esto ya lo habéis dicho, la Junta es soberana para adoptar un acuerdo y que por mayoría continúe siendo la misma persona presidente o cambiar y que lo sea otra persona bien que se haya presentado como candidato al cargo o por elección o sorteo si no es así. Desde mi punto de vista es una interpretación errónea de esa norma.

Finalmente, no sé qué abogado puede decir que la deuda no es vencida hasta que pase todo el año. Eso es un absurdo. Supongo que en la Comunidad no se pagan las cuotas para los gastos comunes una vez al año ¿o sí? ¿Existe el acuerdo de pagarlas mensualmente, trimestralmente o cada seis meses o, por el contrario, se ha acordado que se pague una sola cuota anual? El acuerdo (cualquiera) ¿está recogido en Acta?
30/07/2007 10:02
Para Audrey:
Las cuotas de comunidad están recogidas en acta y son pagaderas del 1 al 10 de cada mes.Alguno de estos propietarios están jugando a un juego muy peligroso, ya que nunca se reclamó a nadie aunque lo pagara el dia 30 del mes , esta comunidad nunca tuvo problemas hasta ahora por culpa del tejado y la derrama, y ahora muchos que tenian domiciliado el pago por transferencia bancaria por ejem. el dia 6 de cada mes, la han retirado y están pagando el 30 ingresando en efectivo, en ventanilla, y otros simplemente han dejado de pagar la cuota creemos que con la intención de "ahogar" un poco más a la comunidad.De 55 viviendas 42 pagan puntualmente su cuota y han pagado su derrama y de los 13 restantes, 5 han impugnado 2 actas de fecha 26 de enero de 2007 y 24 de Octubre de 2006 la impugnación con fecha 23 Marzo 2007.

Los acuerdos impugnados son:

1º- Anulación en la elección del presidente.(votado por mayoria por revocación del anterior, elegido en la misma junta y por propuesta de los propietarios para que repita mandato ya que nadie queria ser)

2º.-Este es el bueno. En la misma junta se debaten presupuestos,7 en total, para cambiar la cubierta del tejado, se desestiman 6, aún con dudas la gente solicita más aclaraciones en cuanto al 7º y piden que si puede venir a la junta alguien de esa empresa, se llama por tlf. a la empresa y esperamos todos media hora a que venga la persona que contesta a todas las preguntas de los propietarios, aclara las dudas y luego despues de marchar esta persona se procede a votar, siendo la votación 22 a favor 2 en contra, 1 abstención. se acuerdan las derramas correspondientes, y a propuesta del presidente se acuerda por mayoria de 23 a favor 1 en contra, aprovechar la obra del tejado y cambiar las antenas para retirar las antenas privadas que hay en el tejado y asi evitar que se pise demasiado el tejado nuevo, y las antenas no conllevan derrama, se hacen con fondos de la comunidad( existen precedentes anteriores de otras obras en la misma situación, como aprobar el cambio de caldera de calefacción y de nuevo a propuesta del presidente y sin derrama y aprobado por mayoria, cambiar a la vez, las bombas de agua y eliminar el deposito viejo).

En la demanda de impugnación no hay nadie que votara NO, solo 1 persona que no asistió a las juntas está capacitada para impugnar, el resto o votó SI o se abstuvo. Impugnar han sido 5 pero hay 8 más que parece ser que han firmado un documento privado como adheridos con la demanda. para compartir gastos, pero en el juzgado eso no consta.

Los acuerdos impugnados, son
Anulación del nombramiento del presidente
Anulación de la adjudicación de la obra del tejado a esa empresa en concreto, No anulan la obra en si, ni la derrama, ni el presupuesto, solo la empresa adjudicataria.
Anulación del acuerdo de cambiar las antenas ya que no consta como "orden del dia".

Antenas puestas en las viviendas, en todas y cada una con cableado nuevo.
Obra del tejado acabada y "casi" pagada, falta la parte de los que no pagan.

Ellos solicitaron al juez como medidas cautelares, la paralización de las obras de antenas y tejado, como las dos estaban comenzadas, se retiraron de la demanda, el juez dictaminó que las obras continuaban y les condenó en costas.
A partir de ese momento es cuando algunos han dejado de pagar la cuota ordinaria y otros la atrasan hasta fin de mes.

Logicamente la comunidad, reclamó las derramas judicialmente, y van 2 juicios pendientes de sentencia, (creemos que ganados). Después de hizo una junta para liquidación de cuotas sean del orden que sean y en vez de utilizar el monitorio, el abogado de la comunidad a solicitado, juicio verbal independiente a cada propietario, con abogado y procurador, no puedo explicar porque se hace asi en este momento, no sea que lo lea quien no debe.

Ahra es cuando su abogado dice que no son cuotas vencidas hasta que se acabe el ejercicio anual, y se cierre, esa es su postura y en cuanto al acuerdo previo, solicitan que el presidente elegido indebidamente según ellos, pague de su bolsillo, todas las obras que se han hecho, es más el abogado solicita interrogar al presidente en juicio y el juez se lo deniega, aclarando que no se haya en la sala esta persona como "persona fisica" sino como representante de la comunidad.En fin , todo un poema,
30/07/2007 10:50
No se puede empezar la casa por el tejado. Has empezado contando lo de la impugnación pero para saber cómo se ha llegado hasta eso primeramente hay que conocer cómo estaba redactado el orden del día exactamente, resultados de las votaciones en cada punto, cómo se redactó el acta (qué se recogió y qué no), si eran 7 u 8 presupuestos los que se llevaron a la Junta para aprobar. No es lo mismo si en el orden del día consta: "Presupuestos de obras y aprobación en su caso" o "Presentación de los siguientes presupuestos y aprobación en su caso" (y los enumera y son siete pero luego se vota una obra no prevista)

Desde luego impugnar lo del presidente, no tiene ni pies ni cabeza, creo.

Y pienso que les van a dar un palo... que no van a levantar cabeza (valga la redundancia) porque es que ya han perdido hasta el norte: dejan de pagar, alegan lo de las cuotas vencidas...
A no ser que haya algo más que no has contado y haga que cambie la situación.
A veces ir de listo te puede costar caro.

Salvo mejor opinión.
30/07/2007 11:04
Se presentaron 7 presupuestos, numerados, sin datos de las empresas para que no hubiera favoritismos, hay un propietario que los llama presupuestos a ciegas, ya que en el lugar del membrete de la empresa que lo proporciona, se tapa, se fotocopia sin menbrete y se pone Nº 1 y asi todos. La junta se paró y se pospuso para la semana siguiente, porque un propietario presente, dijo que "EL" queria presentar otro presupuesto más, asi que se debatió a la semana siguiente 8 presupuestos, 7 ciegos, más el del propietario, se eliminaron 6 y quedaron 2 con 2 clases de teja, seguimos en "ciegos" y de esos dos que quedan, se decide uno por interesante y novedoso, pero los presentes deciden no tomar una decisión hasta no hablar con un representante de esa empresa, el presidente sale de la junta, comprueba a que empresa pertenece el Nº 6 y los llama, vuelve a la junta, y dice que viene un representante de camino para aclarar todas las dudas que haya. Asi se hace durante 1 hora estuvo contestando preguntas de todos, al final marcha y se vota aprobando ese presupuesto y esa empresa, y se refleja en acta como debe ser,se hacen las derramas y se acuerda por mayoria pagarlas en 5 meses a cantidades iguales, y luego resulta que los impugnantes dicen que no son deudores de derrama porque hasta el ultimo mes no vence la derrama pero ahora ya pasó tambien el ultimo mes y siguen sin pagar porque no querian que lo hiciera esa empresa en cuanto supieron que empresa era. Chupate esa!
Hoy voto que si y mañana mando a mi pareja a impugnar diciendo que me he arrepentido y e cambiado de opinión.Por cierto el tejado a quedado precioso y con una garantia emitida de fabrica, no del instalador, por 30 años, respondiendo de la estanqueidad del tejado durante ese tiempo. Que te parece?
30/07/2007 11:11
Perdona, pero con una vez que me lo digas me sobra jeeeeeeeeeej
30/07/2007 14:37
Hola, sigo el tema (estoy metida en pleitos como demandante) y voy a ser muy breve.

Me adhiero a lo que dice audrey : “..... Y les van a dar un palo... que no van a levantar cabeza”

Saludos cordiales a tod@s.


30/07/2007 14:55
Hola a todos. Entiendo muchísimo menos que vosotros de estos temas, y de hecho otras veces he recurrido a vosotros buscando ayuda para cosas posiblemente más sencillas, pero como se trata de opinar, permitidme que lo haga.
Se me ocurre que posiblemente no estén de acuerdo esos disidentes con el presupuesto elegido porque, aun con el sistema empleado de elección (que me parece correcto), tal vez alguien de la empresa seleccionada sea familiar o amigo del presidente, y puestos a pensar mal ....., y de ahí que se nieguen. También habría que ver si es ésta la primera vez que actúan así los disidentes o es su forma habitual de hacerlo (hago lo que me da la gana, porque me da la gana). Y también si la enemistad con el actual presidente es porque antaño se encargó de ponerlos en su sitio (por ejemplo, que pagaran lo que adeudaran, y otras cuestiones).
Lo que no comprendo es que, pudiendo optar a un monitorio, con lo que conlleva para el deudor (ya me entendéis), y que posiblemente no sea preceptiva la intervención de abogado, cómo es que el presidente, por él mismo (bueno, y con acuerdo en junta) no ha planteado ese procesdo contra los deudores.
Yo creo que las cuotas mensuales es exigible su pago, salvo que conste de otra forma en acta de junta anterior o en los estatutos, durante todo el mes correspondiente; transcurrido dicho mes, ya son vencidas. Otra cosa son las derramas, que siempre he tenido duda con eso ¿cuándo se puede considerar vencida y exigible una derrama? ¿cuando se indica en el acta donde se aprueba? ¿y si es una derrama no aprobada en junta, en la fecha en que el administrador gira una carta a cada propietario, aun cuando los propietarios no hayan votado?. Un saludo.