Se podría intentar por el camino que señala t_mat23 aunque habría que estar muy seguro de que realmente hay una posesión de estado, porque puede que adquiriera su apellido pero, segú cuenta, no ha habido nunca trato de padre hacía ella, no ha habido preocupación, no ha habido relación paterno-filial por decirlo de alguna manera.
En mi opinión sí que podría. La chica tiene unos 26 años aproximadamente. En efecto, le habría pasado el plazo de 1 año que 'bedu' comenta. Sin embargo, si os fijáis, el art. 137.1,3º Cc dispone: "Si falta en las relaciones familiares la posesión de estado de filiación matrimonial, la demanda podrá ser interpuesta en cualquier tiempo por el hijo o sus herederos." Por ello, entiendo que, al no haber actuado como un verdadero padre, podría demostrar la falta de posesión de estado y así impugnar la filiación.
Pues dependerá de la edad de la conocida suya. Sí ya es mayor de edad, como imagino, dispone de un año desde que alcanzó esa mayoría para impugnar la filiación.
No puede, un padre o una madre lo es, sea bueno o malo, no hay motivo alguno para impugnar la filiación. Sólo hay una excepción que yo sepa, cuando la persona en cuestión es adoptada, con consentimiento del padre o madre en cuestión.
Hola a todos! Os comento un caso de una conocida mía:
El tema es que quiere "que su padre deje de ser legalmente su padre". Ella y su madre viven aquí, pero el padre vive en el extranjero. Jamás se ha preocupado por ella y por eso quiere que deje de ser legalmente su padre.
¿Qué podría hacer? Muchas gracias por vuestra ayuda y un fuerte abrazo!