Menos mal que está mi alter ego por ahí y ha respondido por mi porque he estado ausente unos dias. Gracias Alcanta por la contestación, ya que esta duda sobre los impuestos es importante porque debido a que al no concordar las cifras (haber pagado el impuesto) no hubo conciliación y ahora hay dudas si un Juez entenderá suficiente ese hecho (hay reclamación judicial) para no condenar a costas, porque no hay negativa a pagar, solo se pretende descontar los impuestos pagados.
Gracias
Gracias, lo ha entendido perfectamente. La duda era porque el ingreso no se habia hecho a nombre del heredero sino a nonbre del legatario, y no sabia si Hacienda iba a poner problemas por no ser el legatario (el impuesto está a su nombre) el que reclama.
Encontramos una normativa de Hacienda que decia que si el impuesto no se pagaba se le reclamaria al heredero como propio, y luego no se lo podría descontar al legatario, pero hasta que el legatario pagara (y no hay manera de saber si lo hará) no se podia reclamar la duplicidad de impuestos.
Y era en dinero. Gracias de nuevo.
Y luego solicitar de Hacienda (en este caso es la Consejería Autonómica) la devolución del pago indebido.
Esto, si el legado es una vivienda o un coche, o un barco.
Si el legado es dinero en efectivo o un bien mueble no registrado en ningún sitio, es mejor que lo solucionéis entre el legatario (que no pagó en su día) y el heredero (que pagó de más).
Salvo que no haya entendido el supuesto, que creo que sí...
En una herencia liquidada por el heredero, paga los impuestos de un legado a un tercero. A la hora de pagar el legado puede descontar los impuestos pagados a nombre del legatario? y como hacerlo? Gracias