Hola. Soy nuevo en este foro, hasta ahora por suerte no había necesitado asesoramiento legal, pero desgraciadamente mi madre falleció recientemente y me surgen muchas dudas relacionadas con el tema de la herencia. Quiero agradecer de antemano vuestra colaboración. También espero poder ser de ayuda.
Como comenté antes, mi madre falleció recientemente. Ella hizo testamento y me declaró heredero universal. Soy hijo único, tengo 36 años y mi padre tampoco está. Tanto mi madre como yo residimos en Canarias. La herencia consiste en una vivienda de la que resta por pagar 2 años de hipoteca (6000€ aproximadamente) y que tiene una deuda con la comunidad de propietarios de 2300€, un coche utilitario del año 2007, un seguro de vida con un capital de 20.000€ y alrededor de 1000€ en una cuenta en el banco.
Me han comentado que existen deducciones y bonificaciones para este impuesto y desconozco a cuales me puedo acoger.
Apuntar que antes de fallecer, el INSS le había concedido a mi madre una pensión por incapacidad permanente y absoluta. Desconozco si esto influye para algún tipo de deducción.
Me gustaría saber de forma aproximada lo que tendría que pagar de impuesto de sucesiones, que aqui en Canarias se liquida en la Administración Tributaria Canaria.
Por la información que he encontrado al respecto, habría que saber en cuanto está valorada la vivienda ahora mismo y tambien el vehículo, luego habría que añadirle el capital del seguro y cuentas bancarias y descontar las deudas, y teniendo en cuenta las posibles deducciones.
Alguien sabría decirme como calcular la cuota a pagar ¿?
deducciones:
Grupo II: descendientes y adoptados de 21 o más años, cónyuges, ascendientes y adoptantes:
Cónyuge: 40.400; hijos o adoptados: 23.125; resto de descendientes: 18.500; ascendientes o adoptantes 18.500
Reducción por vivienda habitual.
99% si el heredero es cónyuge, descendientes o adoptados con límite del 200.000 por el valor conjunto de la vivienda.
Minusvalías. su difunta madre tiene el 33% por ser pensionista..
Red. 72.000 (=l 33% y menor que 65%) ó 400.000 (= 65%). Si el adquirente es mayor de 75 años se aplica una reducción de 125.000
Seguro vida de cónyuge, ascendientes y descendientes.
Bonificación del 100% con un límite de 23.150
creo que en canarias no se paga, si su madre falleció posterior al año 2008 enero...infórmese en la administración tributaria de canarias.
un saludo