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Impuesto de sucesión y donación

3 Comentarios
 
Impuesto de sucesión y donación
13/01/2020 08:24
Mi padre ha fallecido dejando testamento y como heredera universal a mi madre. Entiendo que el inmueble y el dinero en la herencia se comportan del mismo modo? Un 1/4 parte como legítima de la nuda propiedad en caso del inmueble? Y en caso del capital? Y el usufructo a quien le corresponde? En Cataluña como funciona el impuesto de sucesiones para la legítima? Y si yo le cedo todo a mi madre sería donación? Muchas gracias
13/01/2020 10:27
Lili1967
No estoy demasiado puesto en el derecho civil catalán, pero la legítima es 1/4 en pleno dominio, ¿no? El heredero universal podrá satisfacer esa legítima en bienes o en dinero, calculado sobre el total de la herencia.
Puedes ceder tu herencia, por supuesto, pero esto equivale a una aceptación y una donación; si lo que quieres es que lo tenga todo su madre, haz una renuncia simple de la herencia, y ya será todo de ella. Sobreentiendo que eres hijo único.
13/01/2020 16:11
paquito xocolatero
Gracias Paquito! Entiendo entonces que si yo acepto la herencia tengo que pagar un impuesto pero ella es la usufructuaría de todo como viuda?? El mucho el impuesto?
Gracias
14/01/2020 10:08
Lili1967
Eso míralo en tu comunidad autónoma, no sé cuánto será, depende del valor de la vivienda y de mil factores. En principio siendo hijo del fallecido y siendo vivienda habitual suele haber muchas bonificaciones, pero no sé, tendría que verse en detalle el caso.
Yo creo que serías propietario de 1/4 en pleno dominio (de la herencia, no necesariamente del piso), no solo de la nuda propiedad, pero vamos, ya te digo que no estoy muy puesto en derecho civil catalán. Si fuera ella la usufructuaria y tú solo el nudo propietario, tendrías que pagar por la herencia de la nuda propiedad, únicamente, y seguiría usándolo ella; tú te ahorrarías pagar por esa parte cuando consolidaras el dominio (al final vas a pagar más o menos igual de una manera que de otra). Siempre tienes la opción de renunciar y que se lo quede todo ella, y esperar (si la relación con tu madre es buena) a que fallezca ella para heredar. Háblalo con tu madre, a ver si te puede satisfacer la legítima con dinero, renuncias, te quedas una parte, o lo que veáis.