Hola, resulta que he vendido un terreno, en la escritura de propiedad aparecía una superficie de 10.000 m² así como el la venta. . Pero según plano reciente en realidad tenía 7.000 m². El ayuntamiento me liquida el impuesto de plusvalía con una superficie de 10.000 m².
Acudo al Ayuntamiento y me dicen que tengo que realizar una modificación de escritura con la inclusión de"según reciente medición la superficie es de 7.000 m²".
¿No puedo plantear recurso de reposición basándome el plano actual?.
Gracias
Siento comunicarle que lo que prevalece es la escritura. Vaya Ud. a su notario y expliquele el caso. Una vez rectificada la escritura podrá presentar recurso en el ayuntamiento.
Salvo mejor opinión
No acabo de entender lo que dice el ayuntamiento, ya que la "plusvalía" se liquida en base al valor catastral, y éste está basado en la medición que conste en catastro, y no en la que conste en la escritura o en el registro. Si en catastro el terreno consta que tiene 7000 m2 el valor catastral sería, en principio, correcto.
Yo creo que el recurso debería ir encaminado a reflejar en catastro la realidad física de la finca, y que el valor catastral sea el correcto.
De todas maneras, al entenderse este recurso como "subsanación de discrepancias" no tendría efecto retroactivo y el valor catastral a la fecha de devengo de la plusvalía no se modificaría.
Esto, como dicen los expertos, "según mi leal saber y entender" :-)
maria 1 y Nani 68 gracias por vuestra respuesta.
En el Ayuntamiento me dicen que no se aplica sobre el valor catastral, que en Vizcaya existen varias opciones, en orden de prelación: el valor mínimo atribuible, el valor catastral, el precio por metro cuadrado aprobado en ordenanza.
En el caso de no existir valor mínimo atribuible se aplica el valor catastral, y si este tampoco, el precio por metro cuadrado, que es el que me han aplicado a mí. Por eso afecta cual es la superficie que se trasmite.