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Imposible cobrar

8 Comentarios
 
Imposible cobrar
27/01/2006 11:19
Perdi un juicio en primera instancia y la parte contraria ejecuto sentencia y cobro.
Efectue apelacion y ahora he ganado, la contraria ahora es insolvente????
Que puedo hacer? gracias. me siento indefensa. He ganado pero ya he pagado y no lo puedo recuperar
27/01/2006 14:48
Creo que podia haber consignado en el juzgado, condicionado al resultado de la apelacion.
27/01/2006 17:06
Quizas si, pero hice lo que me dijo el abogado, consigne y el juzgado lo entrego al contrario, antes de tener el resultado de la apelación. Ahora que hago yo? El contrario es insolvente total, ya lo he mirado todo. Gracias
27/01/2006 17:39
No se puede consignar bajo condición en la cuenta de consignaciones del juzgado.
Este tipo de incidencias se prevén en la LEC (en su Exposición de Motivos concretamente) y las asume en favor de q la mayor parte de las veces se ratifique en 2ª instancia lo q declaran en la 1ª, lo q para mi es algo inicuo.
27/01/2006 17:51
AC37, no entiendo tu respuesta, me la puedes aclarar? El caso es que en primera instancia se ejecuto la sentencia a favor del contrario, y en segunda he ganado yo, pero no se que hacer para ejecutar la sentencia yo, si el otro es insolvente. ¿Puedo reclamar al juzgado? Gracias
27/01/2006 18:42
Pues resumiendo y hablando en cristiano, lo tienes claro para cobrar y al juzgado le puedes cantar misa.
30/01/2006 10:56
Alucino, me quedo perplejo. El juzgado entrega el dinero al que gana en primera instancia, QUE NO ES DEFINITIVO. Y ahora que gana en la audiencia no puede cobrar porque es insolvente. ESTO DE VERDAD ES ASI??? QUE JUSTICIA ESTA ....
01/02/2006 12:33
Si, me temo que la maravillosa reforma de la LEC tiene estos resultados. Antes se pedía al ejecutante que avalara o garantizara de alguna forma la cantidad que pretendía ejecutar para evitar casos como los que nos cuenta Esther y a más de uno nos ha pasado. Pero con la nueva LEC te encuentras totalmente indefenso en este tipo de jugadas y lo que es peor, el juzgado se lava las manos y ni siquiera se puede pedir responsabilidad a la Admon., porque "como es lo que establece la Ley". Cosa diferente y disuasorio de este tipo de "eventos" sería si se aplicara preceptos como en la jurisdiccion laboral, donde se consigna en espera de resolución o en todo caso, si pasa a disposición del ejecutante se garantiza la ulterior devolución.
A mi entender, estams ante una insultante inseguridad jurídica.
02/02/2006 10:22
Estoy de acuerdo totalmente. En la justificia esta premiado ser insolvente "o parecerlo".
Además se rien de ti. Es un juego de listillos, que estan preparados y no tienen nada a su nombre.
Todo en justicia ... es una injusticia